Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Subvenciones. (2024040174)
Decreto 108/2024, de 3 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024
49082
yecto. A los meros efectos del cómputo de este plazo será considerado como fecha de justificación de la ejecución del proyecto la fecha del certificado de ejecución de inversiones.
En el caso de bienes inscribibles en un registro público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser
objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.
3. N
o se considerará incumplida la obligación de destino impuesta en el apartado anterior
cuando:
a) Tratándose de bienes no inscribibles en un registro público, los sustituyeron otros que
sirvan en condiciones análogas para el fin de la subvención y este uso se mantenga hasta
completar el período establecido, si la sustitución se autoriza por la Secretaría General
con competencias en materia de comercio interior. Se autorizarán las sustituciones de
bienes si, cumpliendo lo indicado anteriormente, su importe no supera los 300 euros.
b) Tratándose de bienes inscribibles en un registro público, el cambio de destino, enajenación o gravamen sea autorizado por la Secretaría General con competencias en materia
de comercio interior. En este supuesto, el adquiriente asumirá la obligación de destino
de los bienes por el período restante y, en caso de incumplimiento de la misma, reintegro de la subvención.
4. C
uando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos
propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe,
procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionables.
Artículo 16. Conflicto de interés y medidas antifraude.
1. D
e conformidad con el artículo 74.1.c del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, se adoptarán las medidas necesarias para
prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Para ello, deberá garantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento de subvención
no incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de los mismos. En este sentido,
deberá suscribirse una Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada
electrónicamente tanto por el beneficiario como por las personas que intervengan en las
distintas fases del procedimiento (previo a la concesión y a cada uno de los pagos), con
el contenido mínimo que establece el modelo DACI incluido en el anexo V (que debe ser
firmado y aportado por el solicitante en el momento de presentar la solicitud).
2. De conformidad con el apartado 2 del artículo 69 y anexo XI y XVII del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para garantizar
Jueves 10 de octubre de 2024
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yecto. A los meros efectos del cómputo de este plazo será considerado como fecha de justificación de la ejecución del proyecto la fecha del certificado de ejecución de inversiones.
En el caso de bienes inscribibles en un registro público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser
objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.
3. N
o se considerará incumplida la obligación de destino impuesta en el apartado anterior
cuando:
a) Tratándose de bienes no inscribibles en un registro público, los sustituyeron otros que
sirvan en condiciones análogas para el fin de la subvención y este uso se mantenga hasta
completar el período establecido, si la sustitución se autoriza por la Secretaría General
con competencias en materia de comercio interior. Se autorizarán las sustituciones de
bienes si, cumpliendo lo indicado anteriormente, su importe no supera los 300 euros.
b) Tratándose de bienes inscribibles en un registro público, el cambio de destino, enajenación o gravamen sea autorizado por la Secretaría General con competencias en materia
de comercio interior. En este supuesto, el adquiriente asumirá la obligación de destino
de los bienes por el período restante y, en caso de incumplimiento de la misma, reintegro de la subvención.
4. C
uando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos
propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe,
procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionables.
Artículo 16. Conflicto de interés y medidas antifraude.
1. D
e conformidad con el artículo 74.1.c del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, se adoptarán las medidas necesarias para
prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Para ello, deberá garantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento de subvención
no incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de los mismos. En este sentido,
deberá suscribirse una Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada
electrónicamente tanto por el beneficiario como por las personas que intervengan en las
distintas fases del procedimiento (previo a la concesión y a cada uno de los pagos), con
el contenido mínimo que establece el modelo DACI incluido en el anexo V (que debe ser
firmado y aportado por el solicitante en el momento de presentar la solicitud).
2. De conformidad con el apartado 2 del artículo 69 y anexo XI y XVII del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para garantizar