Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063180)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024

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Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel
directo y clave en el proyecto.
La contratación de personal externo a la empresa se realizará mediante el procedimiento de
concurrencia competitiva y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Formas de pagos.
Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario.
El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado
en el documento de gasto. • Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el
importe del documento de gasto.
• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado,
acreditado por la autoridad bancaria, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto-ley
19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia
financiera. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
• Para documentos de gasto con importe inferior a 400 € y siempre que estén referidos a
la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en
el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del
documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda
identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma
del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos en salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones
a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de
retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.