Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063180)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024

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• Memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas junto con el desglose
por actividades y sus costes y que deberá contener una relación pormenorizada de las
actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con cada uno junto con
el dosier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
• Fotografías de los carteles publicitarios según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3
de abril, (DOE núm. 42, de 10 de abril), sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayuda de la Junta de Extremadura.
• Los costes de personal propio se acreditarán mediante la aportación de la nómina individualizada o el contrato de trabajo, así como los modelos TC1 y TC2 o documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil y la copia del pago bancario. Asimismo, se aportará relación nominativa del personal adscrito al proyecto y las
horas de trabajo dedicadas, debiendo quedar claramente identificado, especificando los
nombres de los trabajadores, el grupo profesional al que pertenece cada trabajador, su
salario base, así como los complementos salariales que en su caso sean de aplicación a
cada uno de ellos, y el porcentaje de imputación de cada uno al Proyecto.
Los gastos por importe superior a 300 euros, no podrán realizarse en efectivo o en metálico,
quedando excluidos los gastos que no cumplan este requisito. En consecuencia, para acreditar
la realización del pago de gastos por importe superior a dicha cantidad, el sistema es la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañarse a la factura
el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, adeudo o movimiento bancario).
Los gastos de importe no superior a 300 euros, que no se realicen por transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en todo caso permitan la
comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda
acreditarse conforme a lo establecido en dicho párrafo.
La Fundación CCMIJU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada. Las cuentas y
justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o
códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.
Asimismo, deberán conservar los expedientes de contratación y los justificantes de gastos y
pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de los órganos de fiscalización en
tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Toda la documentación original justificativa (Contrato, facturas, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable), de los
gastos y pagos realizados, será recabada y custodiada por el beneficiario.