Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024

48977

4. A
 la vista de la documentación, la Comisión de Coordinación y Seguimiento publicará en
el apartado destinado a las Redes de la web del Servicio de Innovación y Formación del
Profesorado (https://formacion.educarex.es/) la relación provisional con las puntuaciones
obtenidas, para que en el plazo máximo de diez hábiles las personas interesadas presenten
las reclamaciones que consideren oportunas.
5. Finalizado dicho plazo y a la vista de las alegaciones presentadas, la Comisión de Coordinación y Seguimiento elevará un informe con carácter vinculante y propuesta de la relación definitiva de centros seleccionados a la Dirección General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa, en el que se especificarán los centros seleccionados para
incorporarse a la modalidad de red solicitada.
Artículo 6. Propuesta, resolución y notificación.
1. V
 ista la propuesta de la relación definitiva de centros seleccionados, el Director General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa dictará resolución con la relación
definitiva, en el plazo de un mes desde la elevación de aquella.
2. L
 a resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura https://doe.juntaex.es
y en ella se harán constar los centros educativos incorporados a cada modalidad de Red.
3. E
 l plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de tres meses,
conforme a lo previsto en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de resolución expresa,
dentro del plazo máximo para resolver y notificar, legitima a las personas interesadas para
entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
4. C
 ontra la resolución con la relación definitiva de centros seleccionados, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación, ante el órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional, siendo competente para su resolución este
último, en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Artículo 7. Criterios de selección.
1. Para la selección de los centros educativos que soliciten adscribirse a cualquier modalidad
de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, se valorarán los
aspectos que, basados en las competencias clave, incidan en la mejora de la calidad, la