Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024
48992
su adscripción a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, con
los derechos y obligaciones que ello conlleva para los centros y las personas participantes.
4. El proyecto de Redes de cada centro recogerá adecuadamente la participación de todos los
centros educativos y presentará las medidas oportunas para una correcta coordinación de
los mismos.
5. Las personas que ostenten la coordinación de la Comisión de Redes de cada uno de los centros educativos incluidos en el proyecto intercentros estarán en permanente comunicación
y coordinación.
Artículo 22. Compromisos de la Administración Educativa.
1. Los compromisos que adquiere la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en materia de Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible son los
siguientes:
a) Ordenar el funcionamiento de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
b) Efectuar convocatorias para la incorporación de nuevos centros educativos a las mismas, si procediera.
c) Efectuar la convocatoria para la modificación de las Redes existentes o de nuevas modalidades, si procediera.
d) Constituir los órganos de seguimiento y apoyo.
e) Celebrar encuentros regionales con el objetivo de favorecer el intercambio de experiencias, la exposición de propuestas de mejora y el establecimiento de vínculos entre los
centros educativos participantes.
f) Incorporar a la programación de los Centros de Profesores y de Recursos las actividades
formativas dirigidas al profesorado participante en las Redes en el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado.
g) Establecer convenios o colaboraciones con otras instituciones o entidades públicas o
privadas sin ánimo de lucro, que permitan mejorar el funcionamiento de estas.
h) Crear espacios virtuales en las plataformas digitales al servicio de la Administración
educativa que permitan la difusión de información de interés.
Miércoles 9 de octubre de 2024
48992
su adscripción a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, con
los derechos y obligaciones que ello conlleva para los centros y las personas participantes.
4. El proyecto de Redes de cada centro recogerá adecuadamente la participación de todos los
centros educativos y presentará las medidas oportunas para una correcta coordinación de
los mismos.
5. Las personas que ostenten la coordinación de la Comisión de Redes de cada uno de los centros educativos incluidos en el proyecto intercentros estarán en permanente comunicación
y coordinación.
Artículo 22. Compromisos de la Administración Educativa.
1. Los compromisos que adquiere la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en materia de Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible son los
siguientes:
a) Ordenar el funcionamiento de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
b) Efectuar convocatorias para la incorporación de nuevos centros educativos a las mismas, si procediera.
c) Efectuar la convocatoria para la modificación de las Redes existentes o de nuevas modalidades, si procediera.
d) Constituir los órganos de seguimiento y apoyo.
e) Celebrar encuentros regionales con el objetivo de favorecer el intercambio de experiencias, la exposición de propuestas de mejora y el establecimiento de vínculos entre los
centros educativos participantes.
f) Incorporar a la programación de los Centros de Profesores y de Recursos las actividades
formativas dirigidas al profesorado participante en las Redes en el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado.
g) Establecer convenios o colaboraciones con otras instituciones o entidades públicas o
privadas sin ánimo de lucro, que permitan mejorar el funcionamiento de estas.
h) Crear espacios virtuales en las plataformas digitales al servicio de la Administración
educativa que permitan la difusión de información de interés.