Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024
48991
3. El portafolio de evidencias deberá ser desarrollado en algún espacio virtual del centro y
siempre deberá estar abierto para su consulta.
4. L
a persona titular de la Dirección del centro educativo junto con la persona coordinadora
del Proyecto de Redes serán las responsables de que dicho portafolio se vayan cumplimentando a lo largo del curso escolar, y por lo tanto esté elaborado en su totalidad a fecha de
15 de junio de cada curso escolar.
Artículo 20. Memoria final de redes.
1. Terminado el período de vigencia del Proyecto de Redes, esto es, a los tres años de funcionamiento, los centros deberán confeccionar una Memoria Final de Redes, en la cual se
pondrá especial atención en identificar los logros conseguidos, en las propuestas de mejora
en función de la realidad circundante al centro, así como en la revisión, tanto de los objetivos no cumplidos como de sus causas, además de:
a) Valoración global del período de tres años de pertenencia en las redes de Innovación y
Educación para el Desarrollo Sostenible.
b) Identificación de las aportaciones que en materia de aprendizaje ha supuesto la pertenencia del centro a las Redes.
c) Impacto que ha tenido, en su zona de influencia, la pertenencia del centro a las Redes.
d) Metas a conseguir en el siguiente período trianual de pertenencia a las redes, en caso
de que se vaya a solicitar.
2. L
a entrega de la Memoria Final de Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible al finalizar el período trianual correspondiente se realizará en la propia plataforma
de Redes, y no excluye la presentación del informe de evaluación anual.
Artículo 21. Proyectos intercentros.
1. Podrán elaborarse proyectos intercentros que engloben actuaciones para varios centros
educativos, siendo preceptivo completar el anexo IV de esta convocatoria.
2. S
e considerarán Proyectos intercentros aquellos que engloben actuaciones e iniciativas en
conjunto con otros centros educativos, independientemente de que estos centros con los
que planeen actuaciones estén o no adscritos a alguna de las modalidades de Redes de
Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
3. Uno de los centros educativos incluidos en el proyecto intercentros actuará de centro coordinador, si bien cada centro educativo será responsable de solicitar, si así lo estima oportuno,
Miércoles 9 de octubre de 2024
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3. El portafolio de evidencias deberá ser desarrollado en algún espacio virtual del centro y
siempre deberá estar abierto para su consulta.
4. L
a persona titular de la Dirección del centro educativo junto con la persona coordinadora
del Proyecto de Redes serán las responsables de que dicho portafolio se vayan cumplimentando a lo largo del curso escolar, y por lo tanto esté elaborado en su totalidad a fecha de
15 de junio de cada curso escolar.
Artículo 20. Memoria final de redes.
1. Terminado el período de vigencia del Proyecto de Redes, esto es, a los tres años de funcionamiento, los centros deberán confeccionar una Memoria Final de Redes, en la cual se
pondrá especial atención en identificar los logros conseguidos, en las propuestas de mejora
en función de la realidad circundante al centro, así como en la revisión, tanto de los objetivos no cumplidos como de sus causas, además de:
a) Valoración global del período de tres años de pertenencia en las redes de Innovación y
Educación para el Desarrollo Sostenible.
b) Identificación de las aportaciones que en materia de aprendizaje ha supuesto la pertenencia del centro a las Redes.
c) Impacto que ha tenido, en su zona de influencia, la pertenencia del centro a las Redes.
d) Metas a conseguir en el siguiente período trianual de pertenencia a las redes, en caso
de que se vaya a solicitar.
2. L
a entrega de la Memoria Final de Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible al finalizar el período trianual correspondiente se realizará en la propia plataforma
de Redes, y no excluye la presentación del informe de evaluación anual.
Artículo 21. Proyectos intercentros.
1. Podrán elaborarse proyectos intercentros que engloben actuaciones para varios centros
educativos, siendo preceptivo completar el anexo IV de esta convocatoria.
2. S
e considerarán Proyectos intercentros aquellos que engloben actuaciones e iniciativas en
conjunto con otros centros educativos, independientemente de que estos centros con los
que planeen actuaciones estén o no adscritos a alguna de las modalidades de Redes de
Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
3. Uno de los centros educativos incluidos en el proyecto intercentros actuará de centro coordinador, si bien cada centro educativo será responsable de solicitar, si así lo estima oportuno,