Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024
48983
k) Asesorar técnicamente a las Unidades de Apoyo en la modalidad correspondiente, cada
vez que sea necesario en la atribución de sus funciones.
l) Confeccionar un listado sobre la participación de instituciones, entidades y/o agentes externos, sin ánimo de lucro, que estén relacionados específicamente con cualquiera de las
redes, en función de las necesidades detectadas. La propuesta de participación deberá
estar motivada y reflejarse en el acta de la sesión celebrada.
3. A
simismo, dicha comisión tendrá la responsabilidad de elevar al Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, todos los informes, propuestas, estrategia y procedimientos, que emanen de las acciones referidas en el punto 2 de este artículo.
4. L
a Comisión de Coordinación y Seguimiento se reunirá al inicio y final de cada curso escolar
y, de forma extraordinaria, cuantas veces sea necesario en la atribución de sus funciones,
convocada por orden de quien ostente su presidencia. En estas sesiones, se levantará acta
y se valorarán los informes presentados por las Unidades de Apoyo. Así mismo, se llevará
a cabo la elaboración de informes motivados y debidamente justificados, referentes a las
cuestiones de su competencia y toma de decisiones respecto a los aspectos que le competen. De dicha documentación se dará traslado al titular del órgano con competencias en
materia de redes, para la toma de decisiones.
5. U
na vez finalizadas las actuaciones de la comisión, la persona que ostente la presidencia
deberá remitir al Servicio de Innovación y Formación del Profesorado el expediente completo de cada una de las actuaciones de las modalidades de redes para las cuales haya sido
convocada la comisión, para su custodia y archivo.
6. Los órganos o entidades implicados en el proyecto de mejora de las Redes de Innovación y
Educación para el Desarrollo Sostenible que forman parte de la Comisión de Coordinación
y Seguimiento, según lo indicado en el apartado 1.b de este artículo son los siguientes:
a) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de sostenibilidad.
b) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de cooperación para
el desarrollo.
c) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de igualdad.
d) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de salud pública.
e) Ó
rgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de deportes.
f) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de empresa y actividad emprendedora.
Miércoles 9 de octubre de 2024
48983
k) Asesorar técnicamente a las Unidades de Apoyo en la modalidad correspondiente, cada
vez que sea necesario en la atribución de sus funciones.
l) Confeccionar un listado sobre la participación de instituciones, entidades y/o agentes externos, sin ánimo de lucro, que estén relacionados específicamente con cualquiera de las
redes, en función de las necesidades detectadas. La propuesta de participación deberá
estar motivada y reflejarse en el acta de la sesión celebrada.
3. A
simismo, dicha comisión tendrá la responsabilidad de elevar al Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, todos los informes, propuestas, estrategia y procedimientos, que emanen de las acciones referidas en el punto 2 de este artículo.
4. L
a Comisión de Coordinación y Seguimiento se reunirá al inicio y final de cada curso escolar
y, de forma extraordinaria, cuantas veces sea necesario en la atribución de sus funciones,
convocada por orden de quien ostente su presidencia. En estas sesiones, se levantará acta
y se valorarán los informes presentados por las Unidades de Apoyo. Así mismo, se llevará
a cabo la elaboración de informes motivados y debidamente justificados, referentes a las
cuestiones de su competencia y toma de decisiones respecto a los aspectos que le competen. De dicha documentación se dará traslado al titular del órgano con competencias en
materia de redes, para la toma de decisiones.
5. U
na vez finalizadas las actuaciones de la comisión, la persona que ostente la presidencia
deberá remitir al Servicio de Innovación y Formación del Profesorado el expediente completo de cada una de las actuaciones de las modalidades de redes para las cuales haya sido
convocada la comisión, para su custodia y archivo.
6. Los órganos o entidades implicados en el proyecto de mejora de las Redes de Innovación y
Educación para el Desarrollo Sostenible que forman parte de la Comisión de Coordinación
y Seguimiento, según lo indicado en el apartado 1.b de este artículo son los siguientes:
a) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de sostenibilidad.
b) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de cooperación para
el desarrollo.
c) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de igualdad.
d) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de salud pública.
e) Ó
rgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de deportes.
f) Órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de empresa y actividad emprendedora.