Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024
48982
b) Confeccionar las estrategias y procedimientos de coordinación de la modalidad de Red
correspondiente.
c) Analizar y valorar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo con las solicitudes
de incorporación de centros educativos a las distintas modalidades de redes.
d) Valorar la continuidad de los centros educativos adscritos a las redes, a partir de los
informes de las Unidades de Apoyo, tras la revisión del proyecto de Redes de aquellos
centros que hayan finalizado el período de tres años, o en su caso, la baja de aquellos
centros que no hayan cumplido con los compromisos establecidos en la orden de convocatoria, o que en la revisión del Proyecto de Redes no aporten nada nuevo a lo ya
trabajado en fases anteriores a propuesta motivada de las Unidades de Apoyo.
e) E
laborar un informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia, previo acuerdo recogido en el acta de sesión que hubieran elaborado, para la
incorporación de centros de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
f) Analizar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo, en referencia a la evaluación
de la modalidad de Red correspondiente, así como la posible ampliación o modificación
de las existentes de estas redes, en cuanto a número o cupo de centros participantes en
cada modalidad.
g) Elaborar un informe sobre la propuesta definitiva de creación de nuevas Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, o sobre la modificación de las existentes en informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia,
previo acuerdo recogido en acta de sesión, a petición de las Unidades de Apoyo, de la
comunidad educativa o de agentes externos a ésta.
h) Establecer las demandas de formación que se incorporarán al Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado, así como las propuestas formativas de los órganos o
entidades implicadas en las redes, referidos en el punto 6 de este mismo artículo.
i) Valorar las propuestas presentadas desde las Unidades de Apoyo, en referencia a la asignación de un distintivo especial a aquellos centros que hayan cubierto con excelencia los
objetivos planteados.
j) Valorar aquellas propuestas que fueran trasladadas desde las Unidades de Apoyo sobre
posibles publicaciones y divulgación de buenas prácticas desarrolladas en los centros
educativos adscritos a las redes.
Miércoles 9 de octubre de 2024
48982
b) Confeccionar las estrategias y procedimientos de coordinación de la modalidad de Red
correspondiente.
c) Analizar y valorar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo con las solicitudes
de incorporación de centros educativos a las distintas modalidades de redes.
d) Valorar la continuidad de los centros educativos adscritos a las redes, a partir de los
informes de las Unidades de Apoyo, tras la revisión del proyecto de Redes de aquellos
centros que hayan finalizado el período de tres años, o en su caso, la baja de aquellos
centros que no hayan cumplido con los compromisos establecidos en la orden de convocatoria, o que en la revisión del Proyecto de Redes no aporten nada nuevo a lo ya
trabajado en fases anteriores a propuesta motivada de las Unidades de Apoyo.
e) E
laborar un informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia, previo acuerdo recogido en el acta de sesión que hubieran elaborado, para la
incorporación de centros de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
f) Analizar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo, en referencia a la evaluación
de la modalidad de Red correspondiente, así como la posible ampliación o modificación
de las existentes de estas redes, en cuanto a número o cupo de centros participantes en
cada modalidad.
g) Elaborar un informe sobre la propuesta definitiva de creación de nuevas Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, o sobre la modificación de las existentes en informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia,
previo acuerdo recogido en acta de sesión, a petición de las Unidades de Apoyo, de la
comunidad educativa o de agentes externos a ésta.
h) Establecer las demandas de formación que se incorporarán al Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado, así como las propuestas formativas de los órganos o
entidades implicadas en las redes, referidos en el punto 6 de este mismo artículo.
i) Valorar las propuestas presentadas desde las Unidades de Apoyo, en referencia a la asignación de un distintivo especial a aquellos centros que hayan cubierto con excelencia los
objetivos planteados.
j) Valorar aquellas propuestas que fueran trasladadas desde las Unidades de Apoyo sobre
posibles publicaciones y divulgación de buenas prácticas desarrolladas en los centros
educativos adscritos a las redes.