Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024



48979

d) Proyecto de Redes que promueva la participación conjunta de la comunidad educativa (alumnado, profesorado y familias): hasta 4 puntos.



e) P
 rocedimientos de coordinación en relación a la planificación, seguimiento y evaluación del programa: hasta 3 puntos.



f) Mecanismos e instrumentos de evaluación y mejora del Proyecto de Redes establecidos por el centro que contengan criterios objetivables y que contemplen el impacto de
las acciones sobre el alumnado, el centro educativo y la comunidad: hasta 3 puntos.



g) Formación específica homologada de la persona coordinadora del proyecto, relacionada con los objetivos de la modalidad que coordina (hasta 2 puntos):



— Entre 50 y 100 horas de formación: 1 punto.



— Más de 100 horas de formación: 2 puntos.

3. En el caso de que dos o más centros educativos obtengan la misma puntuación, se seleccionarán atendiendo a su localización geográfica de forma que se favorezca la distribución
equilibrada de centros educativos adscritos a una misma modalidad de Red, en los ámbitos
de actuación de los Centros de Profesores y de Recursos.
4. Los proyectos que obtengan 24 puntos, o menos, en la valoración, quedarán excluidos de
este proceso de selección.
5. Para el desarrollo del proyecto, se deberá tener en cuenta las guías, actividades formativas
e informativas o cualquier otro tipo de iniciativa en términos de orientación que pueda ser
organizada desde la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa.
Artículo 8. Continuidad.
1. El compromiso de participación permite a los centros educativos adscritos a cualquiera de
las modalidades de Red, la continuidad en el desarrollo del Proyecto de Redes por un periodo de tres años consecutivos.
2. Asimismo, los centros docentes adscritos a más de una modalidad de Redes de Innovación
y Educación para el Desarrollo Sostenible podrán optar por solicitar su continuidad en todas
las modalidades o sólo en alguna de ellas.
3. U
 na vez finalizado el período de tres años de desarrollo del Proyecto de Red, los centros
educativos podrán renovar su compromiso de participación en la misma, optando a la co-