Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063146)
Resolución de 29 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de Valdehúncar, cuya promotora es la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, en el término municipal de Valdehúncar (Cáceres). Expte.: IA21/0600.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48492
tal, en este caso 98 pies adultos del género Quercus por corta y 291 pies del género
Quercus por poda y se realizará siguiendo las normas establecidas en el Decreto
134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores
de Extremadura.
— El proyecto de caminos que se presentará para la Concentración parcelaria de Valdehúncar, tendrá que incluir un estudio forestal sobre el arbolado autóctono que
definitivamente se verá afectado. Siendo el máximo permitido lo expuesto en las
alegaciones presentadas (98 pies a cortar, 291 pies a podar). El proyecto a ejecutar
para las medidas compensatorias tendrá un presupuesto de 117.173,05 euros, según el anexo a este informe sobre cálculo a la compensación por la pérdida del efecto
sumidero de los pies que se pretenden cortar.
— Las podas a realizar no podrán comprometer la persistencia del arbolado autóctono
en pie.
— Las obras e instalaciones se ajustarán a los documentos y planos que figuran en el
expediente.
— Deberá realizarse acta de replanteo con el Agente del Medio Natural e intentar reducir el número de pies de arboleda forestal que se pretenden cortar y podar. Las obras
accesorias se realizarán de manera que no afecten a pies arbóreos ni a vegetación
susceptible de protección, tener especial cuidado con los que queden en pie, no se
pueden ver perjudicados por los trabajos de instalación ni comprometida su persistencia. Se cuidará que no se vean afectados por las labores de mantenimiento y el
suelo para evitar la degradación de ecosistemas forestales y la erosión del suelo.
— Las medidas compensatorias por la corta de arbolado serán estudiadas en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura y se planificará la plantación
de un cierto número de ejemplares por cada pie eliminado, y el compromiso de llevar
a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares (mínimo 20
años). Se deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en
los montes de particulares.
— No se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados, combustible, etc.)
— La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustará a las que le sean
aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados,
Martes 8 de octubre de 2024
48492
tal, en este caso 98 pies adultos del género Quercus por corta y 291 pies del género
Quercus por poda y se realizará siguiendo las normas establecidas en el Decreto
134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores
de Extremadura.
— El proyecto de caminos que se presentará para la Concentración parcelaria de Valdehúncar, tendrá que incluir un estudio forestal sobre el arbolado autóctono que
definitivamente se verá afectado. Siendo el máximo permitido lo expuesto en las
alegaciones presentadas (98 pies a cortar, 291 pies a podar). El proyecto a ejecutar
para las medidas compensatorias tendrá un presupuesto de 117.173,05 euros, según el anexo a este informe sobre cálculo a la compensación por la pérdida del efecto
sumidero de los pies que se pretenden cortar.
— Las podas a realizar no podrán comprometer la persistencia del arbolado autóctono
en pie.
— Las obras e instalaciones se ajustarán a los documentos y planos que figuran en el
expediente.
— Deberá realizarse acta de replanteo con el Agente del Medio Natural e intentar reducir el número de pies de arboleda forestal que se pretenden cortar y podar. Las obras
accesorias se realizarán de manera que no afecten a pies arbóreos ni a vegetación
susceptible de protección, tener especial cuidado con los que queden en pie, no se
pueden ver perjudicados por los trabajos de instalación ni comprometida su persistencia. Se cuidará que no se vean afectados por las labores de mantenimiento y el
suelo para evitar la degradación de ecosistemas forestales y la erosión del suelo.
— Las medidas compensatorias por la corta de arbolado serán estudiadas en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura y se planificará la plantación
de un cierto número de ejemplares por cada pie eliminado, y el compromiso de llevar
a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares (mínimo 20
años). Se deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en
los montes de particulares.
— No se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados, combustible, etc.)
— La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustará a las que le sean
aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados,