Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico. (2024050165)
Orden de 4 de octubre de 2024 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2024.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024



48041

1. E
 xpedientes de modificación de crédito para atender gastos de personal, incluidos los
de seguridad social a cargo al empleador y así como para los Conciertos Educativos,
cuya fecha límite de entrada es el 30 de diciembre.



2. L
 os expedientes de modificaciones de créditos que tengan su origen en un expediente de modificación de créditos de algún subsector distinto al de Administración
General, para las que su fecha límite será el 30 de diciembre, debiendo, por tanto,
acomodarse los expedientes de modificaciones de estos últimos a dicha fecha.



3. L
 os expedientes de modificaciones de crédito necesarios para la imputación de las
operaciones a las que se refieren los apartados 10 y 14 de la instrucción 3.1 de esta
orden, para las que su fecha límite será el 30 de diciembre.



4. L
 os expedientes de modificaciones de crédito autorizados por los titulares de secciones presupuestarias y de los consorcios con presupuesto limitativo, que se admitirán hasta el día 13 de diciembre. Los expedientes competencia de los Presidentes
y Directores de las entidades públicas con presupuesto limitativo perteneciente a
subsectores distintos al de Administración General, tendrán fecha límite de entrada
el 30 de diciembre.



5. L
 os expedientes de modificaciones de crédito que afecten a gastos con financiación
afectada, cuya fecha límite de entrada es el 13 de diciembre.



6. L
 os expedientes de modificaciones de créditos relacionadas con el endeudamiento,
cuya fecha límite será el 13 de diciembre.



7. L
 as propuestas y expedientes de modificaciones de crédito necesarias para la imputación presupuestaria de tributos para los que su fecha límite será el 19 de diciembre.



8. L
 as propuestas y expedientes de modificaciones de crédito ligados al cumplimiento
de plazos impuestos por la normativa europea, que deriven de obligaciones legales
o sentencias judiciales firmes tendrán fecha límite de entrada el 13 de diciembre.

Asimismo, las propuestas de expedientes de ampliación de límites de posteriores se
admitirán hasta el 19 de diciembre, excepto los cofinanciados con fondos de la Unión
Europea, estructurales, de cohesión e instrumentos financieros no estructurales, incluido FEAGA, o con créditos vinculados a estos, que podrán tener entrada hasta el 30 de
diciembre.
3.4. Los expedientes contables de la fase de reconocimiento de obligaciones, los de signo
negativo de cualquier fase contable, los de reposición de anticipos de caja fija y los