Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico. (2024050165)
Orden de 4 de octubre de 2024 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48040
En todo caso, a partir de la entrada en vigor de esta Orden no se tramitarán expedientes
que incorporen los siguientes gastos:
— Certificaciones de obra que incluyan abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o equipos de
maquinaria pesada adscritos a la obra.
— Gastos en acopio de suministros.
3.2. L
os expedientes de gasto que se tramiten por el procedimiento de tramitación anticipada, salvo los que deban ser autorizados por Consejo de Gobierno, que se admitirán
hasta el 30 de diciembre, tendrán las siguientes fechas límite para su envío a la Intervención:
1. E
xpedientes cofinanciados con fondos de la Unión Europea, estructurales, de cohesión e instrumentos financieros no estructurales, incluido FEAGA, o con créditos
vinculados a estos.
• Fiscalización previa de la aprobación del gasto: 13 de diciembre.
• Fiscalización previa de los expedientes en los que proceda la acumulación de las
fases de aprobación del gasto y su compromiso: 20 de diciembre.
• Fiscalización previa del compromiso: 30 de diciembre.
• Contabilización de todas las fases: 30 de diciembre.
2. R
esto de expedientes:
• Fiscalización previa de la aprobación del gasto: 29 de noviembre.
• Fiscalización previa de los expedientes en los que proceda la acumulación de las
fases de aprobación del gasto y su compromiso: 13 de diciembre.
• Fiscalización previa del compromiso: 30 de diciembre.
• Contabilización de todas las fases: 30 de diciembre.
Los expedientes de gasto de tramitación anticipada de cualquier fase presupuestaria,
financiados con Transferencias del Estado, ejecutados por el Servicio Extremeño de
Salud, podrán admitirse hasta el 30 de diciembre.
3.3. L
os expedientes de modificaciones de crédito tendrán como fecha límite de entrada
en la Secretaría General de Presupuestos y Financiación el día 22 de noviembre. No
obstante, se exceptúan de esta fecha las siguientes modificaciones:
Martes 8 de octubre de 2024
48040
En todo caso, a partir de la entrada en vigor de esta Orden no se tramitarán expedientes
que incorporen los siguientes gastos:
— Certificaciones de obra que incluyan abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o equipos de
maquinaria pesada adscritos a la obra.
— Gastos en acopio de suministros.
3.2. L
os expedientes de gasto que se tramiten por el procedimiento de tramitación anticipada, salvo los que deban ser autorizados por Consejo de Gobierno, que se admitirán
hasta el 30 de diciembre, tendrán las siguientes fechas límite para su envío a la Intervención:
1. E
xpedientes cofinanciados con fondos de la Unión Europea, estructurales, de cohesión e instrumentos financieros no estructurales, incluido FEAGA, o con créditos
vinculados a estos.
• Fiscalización previa de la aprobación del gasto: 13 de diciembre.
• Fiscalización previa de los expedientes en los que proceda la acumulación de las
fases de aprobación del gasto y su compromiso: 20 de diciembre.
• Fiscalización previa del compromiso: 30 de diciembre.
• Contabilización de todas las fases: 30 de diciembre.
2. R
esto de expedientes:
• Fiscalización previa de la aprobación del gasto: 29 de noviembre.
• Fiscalización previa de los expedientes en los que proceda la acumulación de las
fases de aprobación del gasto y su compromiso: 13 de diciembre.
• Fiscalización previa del compromiso: 30 de diciembre.
• Contabilización de todas las fases: 30 de diciembre.
Los expedientes de gasto de tramitación anticipada de cualquier fase presupuestaria,
financiados con Transferencias del Estado, ejecutados por el Servicio Extremeño de
Salud, podrán admitirse hasta el 30 de diciembre.
3.3. L
os expedientes de modificaciones de crédito tendrán como fecha límite de entrada
en la Secretaría General de Presupuestos y Financiación el día 22 de noviembre. No
obstante, se exceptúan de esta fecha las siguientes modificaciones: