Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Reto Demográfico Y Territorial. Subvenciones. (2024040189)
Decreto 119/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024

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medios y herramientas que precisa, la relación de proyectos o trabajos que se pretenden
desarrollar y los resultados que se pretenden obtener.
3. A
 demás de la documentación requerida en el apartado anterior, cuando la persona solicitante se oponga o no autorice expresamente en la solicitud a que el órgano instructor recabe
de oficio los datos o documentos necesarios, deberá aportar la siguiente documentación:
a. Para personas solicitantes que hayan residido en territorio español, certificado o informe histórico emitido por el Ayuntamiento/s de fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura
en los que haya residido en los últimos seis meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
b. I nforme original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la
vida laboral de la persona que solicita la subvención, en formato electrónico (pdf).
c. Certificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf).
d. C
 ertificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf).
e. Certificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf).
4. C
 uando se aporten documentos que no estén redactados en idioma español, se acompañarán de su traducción legal jurada certificada por un profesional autorizado por el Ministerio
de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
Artículo 15. Solicitud y documentación del Programa II.
1. La solicitud se tramitará de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico, www.juntaex.es./w/0702024, dentro de la ficha correspondiente al trámite, desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud y
donde se alojará toda la información sobre el procedimiento. La solicitud deberá estar cumplimentada en todos sus extremos y debidamente firmada por la persona solicitante en la
forma que se establece en el artículo 11.4 del presente decreto.
2. C
 uando la persona solicitante se oponga o no autorice expresamente en la solicitud a que
el órgano instructor recabe de oficio los datos o documentos necesarios, deberá aportar la
siguiente documentación:
a. Certificado o informe histórico emitido por el Ayuntamiento/s de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los que haya residido durante el período de mantenimiento
obligatorio de 24 meses establecido para el Programa I.