Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Prevención De Riesgos Laborales. Subvenciones. (2024040188)
Decreto 118/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024

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3. N
 o podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades y organizaciones en quienes
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión
con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La justificación de no estar incursa en dichas circunstancias se realizará mediante la presentación de declaración responsable en la solicitud de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio
de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas la Dirección
General de Trabajo.
4. Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las personas físicas y jurídicas,
distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004,
de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales, deberán acreditar cumplir, en los términos señalados en el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos
de pago señalados en dicha ley para obtener la condición de beneficiario. Cualquier financiación que permita el cobro anticipado de la empresa proveedora se considerará válida a
efectos del cumplimiento de este apartado, siempre y cuando su coste corra a cargo del
cliente y se haga sin posibilidad de recurso al proveedor en caso de impago.
La acreditación del nivel de cumplimiento establecido se realizará por alguno de los medios
de prueba que se prevén en los apartados a) y b) del mencionado artículo 13.3.bis).
De conformidad con lo establecido, se entenderá cumplido el requisito exigido cuando hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de
aplicación, o en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por
la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
5. L
 as convocatorias reflejarán las obligaciones de los beneficiarios a que se refiere el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. De modo especial, establecerán las medidas de
difusión que deben adoptar los beneficiarios para dar la adecuada publicidad al carácter
público de la financiación de la actividad o del proyecto y que siempre deberán incorporar
en los distintos soportes utilizados el logotipo oficial del órgano concedente (Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital. Dirección General de Trabajo) y el de la Junta
de Extremadura.
Artículo 4. Actuaciones subvencionables.
1. L
 as subvenciones tendrán por objeto la realización de actividades con el fin de promover la
mejora de las condiciones de seguridad y salud en el ámbito laboral, especialmente destinadas en las pequeñas empresas. Las convocatorias podrán prever tres tipos de acciones: