Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Prevención De Riesgos Laborales. Subvenciones. (2024040188)
Decreto 118/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48139
1º. R
especto a las retribuciones del personal al servicio de la entidad beneficiaria que
participe en la ejecución de las acciones: copia de los contratos de trabajo comunicados al Servicio Extremeño Público de Empleo; nóminas relativas al período de
contratación con horas imputadas al proyecto; copia del modelo 190 de resumen
anual de retenciones del IRPF practicadas en el ejercicio de ejecución que, en caso
de no estar disponible durante el plazo de justificación , deberá ser presentado a
requerimiento del órgano concedente en el momento de proceder a la comprobación material de la cuenta justificativa; y copia de la transferencia y del extracto
bancario que refleje el pago material de las nóminas y de las cotizaciones sociales.
2º. R
especto a los equipos y medios técnicos externos que utilice la entidad beneficiaria
para el desarrollo de la actividad: contratos detallados en los que deben figurar claramente las condiciones pactadas con el acreedor, facturas detalladas y justificación
del pago de la factura mediante orden de transferencia y copia de extracto bancario.
3º. R
especto a los gastos de adquisición de materiales de apoyo y otros gastos de naturaleza corriente relacionados directamente con la ejecución del proyecto: facturas
detalladas y justificación de pago de la factura mediante orden de transferencia y
copia de extracto bancario.
4º. Respecto a los gastos derivados de la subcontratación: presupuestos solicitados,
documentación acreditativa de la especialización de la entidad con la que se contrata la realización de las actividades, contratos formalizados entre las partes contratantes, facturas detalladas de los servicios prestados y justificación de pago mediante orden de transferencia y copia de extracto bancario.
b) El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo
normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de
Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a
una nueva alta, proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en el punto de
acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar
la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
c) Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en el 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Asimismo, acreditación gráfica de
que se han adoptado las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad al carácter
público de la financiación de la actividad o del proyecto fijadas en las convocatorias, y
que siempre deberán incorporar en los distintos soportes utilizados el logotipo oficial del
órgano concedente (Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Dirección General de Trabajo) y el de la Junta de Extremadura.
Martes 8 de octubre de 2024
48139
1º. R
especto a las retribuciones del personal al servicio de la entidad beneficiaria que
participe en la ejecución de las acciones: copia de los contratos de trabajo comunicados al Servicio Extremeño Público de Empleo; nóminas relativas al período de
contratación con horas imputadas al proyecto; copia del modelo 190 de resumen
anual de retenciones del IRPF practicadas en el ejercicio de ejecución que, en caso
de no estar disponible durante el plazo de justificación , deberá ser presentado a
requerimiento del órgano concedente en el momento de proceder a la comprobación material de la cuenta justificativa; y copia de la transferencia y del extracto
bancario que refleje el pago material de las nóminas y de las cotizaciones sociales.
2º. R
especto a los equipos y medios técnicos externos que utilice la entidad beneficiaria
para el desarrollo de la actividad: contratos detallados en los que deben figurar claramente las condiciones pactadas con el acreedor, facturas detalladas y justificación
del pago de la factura mediante orden de transferencia y copia de extracto bancario.
3º. R
especto a los gastos de adquisición de materiales de apoyo y otros gastos de naturaleza corriente relacionados directamente con la ejecución del proyecto: facturas
detalladas y justificación de pago de la factura mediante orden de transferencia y
copia de extracto bancario.
4º. Respecto a los gastos derivados de la subcontratación: presupuestos solicitados,
documentación acreditativa de la especialización de la entidad con la que se contrata la realización de las actividades, contratos formalizados entre las partes contratantes, facturas detalladas de los servicios prestados y justificación de pago mediante orden de transferencia y copia de extracto bancario.
b) El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo
normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de
Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a
una nueva alta, proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en el punto de
acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar
la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
c) Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en el 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Asimismo, acreditación gráfica de
que se han adoptado las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad al carácter
público de la financiación de la actividad o del proyecto fijadas en las convocatorias, y
que siempre deberán incorporar en los distintos soportes utilizados el logotipo oficial del
órgano concedente (Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Dirección General de Trabajo) y el de la Junta de Extremadura.