Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040181)
Decreto 113/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Bono formación del sector del transporte", destinado a la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas en el sector del transporte de mercancías y de viajeros/as y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 196

48094

Martes 8 de octubre de 2024

Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital

Solicitud “bono formación en el sector del transporte” (3 de 6)

Subvenciones mediante bono-formación destinadas a financiar la formación teórica y, en su
caso, práctica conducente a la obtención de los permisos de conducir B, C, C+E y D, con el fin
de favorecer la empleabilidad de las personas desempleadas y ocupadas en el sector del
transporte de mercancías y de viajeros/as

CÓDIGO CIP

0695924

7. INFORMACIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA QUE HA SIDO PRESENTADA O EMITIDA PREVIAMENTE ANTE LA
ADMINISTRACIÓN a efectos de lo dispuesto en los artículos 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de Racionalización y
Simplificación Administrativa de Extremadura.
Fecha de
presentación

Órgano o Dependencia
de la Administración

Expediente
administrativo

Documento

8. VERIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES, OPOSICIONES A COMPROBACIONES DE OFICIO Y AUTORIZACIONES
IDENTIFICACIÓN DEL/A INTERESADO/A O REPRESENTANTE
1er Apellido
2º Apellido
Nombre
D.N.I.

En calidad de:

 Interesado/a

 Representante

A) VERIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES
El órgano competente en la tramitación de este procedimiento, que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de
verificación de los datos personales de la persona solicitante o, en su caso, de su representante, en virtud de la Disposición Adicional Octava de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantías de los derechos digitales.
B) OPOSICIÓN A LA COMPROBACIÓN DE OFICIO POR LA ADMINISTRACIÓN
El Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), de acuerdo con el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, podrá comprobar de oficio los datos de las situaciones que a continuación se relacionan. En caso de oposición, deberá aportar
la documentación a cuya consulta se opone.

¿Se opone expresamente?
SI
(Presenta
documento)

NO















Datos a comprobar de oficio por el SEXPE
La copia simple del poder notarial de representación del solicitante, mediante Código Seguro de Verificación (CSV) (únicamente
en el caso de que el poder de representación se haya elevado a público ante notario).
La vida laboral o situación laboral (contrato) de la persona solicitante
La situación de estar inscrito/a como demandante de empleo a fecha concreta o fecha actual y períodos de inscripción en su
caso.
Residencia de la persona solicitante, de acuerdo con los datos que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos
documentales, o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Residencia
(SVDR)

En………………………………………………………………………………. a……………de…………………………………………de…………………………

Fdo. ………………………………………………………………………..
(Nombre y Apellidos del/la firmante)

Órgano Gestor Servicio de Formación para el Empleo (Dirección General de Formación para el Empleo - SEXPE) DIR3 A11029832