Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024063088)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas, por turno de ascenso, para cubrir puestos de trabajo vacantes en la categoría de Auxiliar de Arqueología, pertenecientes al Grupo IV.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

47472

La mencionada relación definitiva de aprobados agota la vía administrativa, pudiendo los
interesados interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
5. Finalizado el proceso de elección de puestos, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración un mes para el
acceso a categorías de los Grupos IV y V. No estarán sujetos al período de prueba aquellos
que hayan desempeñado las mismas funciones en el Consorcio, bajo cualquier modalidad
de contratación, durante un periodo igual o superior al establecido como periodo de prueba. A estos efectos, no se considerarán las funciones distintas de la Categoría Profesional
de pertenencia que se asignen por movilidad funcional.
6. El turno de ascenso será resuelto en el plazo máximo de 12 meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de instancias, haciéndose pública dicha
resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Novena. Cese y toma de posesión.
El cese en el anterior puesto de trabajo debe producirse en el plazo de tres días contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se resuelva el turno de
ascenso en el Diario Oficial de Extremadura, y tomar posesión del nuevo puesto de trabajo en
el día siguiente al del cese.
No obstante, el Director podrá acordar la prórroga de su cese por necesidades del servicio
hasta veinte días hábiles.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada, cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los
64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración, los plazos de cese y de toma de
posesión al nuevo destino contarán a partir de la fecha de terminación del contrato temporal.
Norma final.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección del Consorcio en