Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024063088)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas, por turno de ascenso, para cubrir puestos de trabajo vacantes en la categoría de Auxiliar de Arqueología, pertenecientes al Grupo IV.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024
47471
4. Al amparo de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura si alguna de las aspirantes no pudiera completar
el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases
que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
Octava. Superación del proceso.
1. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal de cada prueba selectiva emitirá resolución en
que expresará, por orden de puntuación, el nombre de los aspirantes que hubieran superado la prueba objetiva, con expresión de la puntuación obtenida, que se publicará en el
tablón de anuncios del Consorcio y en su página web, apartado de empleo.
2. Simultáneamente el Director del Consorcio anunciará la apertura del plazo de diez días
hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso de méritos, tal y como se establece en la base sexta.
Finalizado el referido plazo, el Director remitirá al Tribunal los documentos justificativos de
los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por los aspirantes.
3. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal hará público, por el mismo procedimiento
dispuesto para la fase de prueba objetiva las listas con la puntuación obtenida en dicha
fase por los aspirantes que superaron la fase precedente, disponiendo los interesados as
de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo. A continuación
las remitirán al Director.
4. Con la puntuación total obtenida por los aspirantes en la prueba objetiva y en el concurso
de méritos el Tribunal elevará la relación provisional de aprobados al Director, quién dispondrá su inserción en el Diario Oficial de Extremadura por el orden de puntuación total,
no pudiéndose declarar aprobados mayor número de aspirantes que puestos convocados a
ascenso. Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la relación provisional, para presentar las alegaciones
que estimen pertinentes, que no tendrán carácter de recurso.
Finalizado dicho plazo, el Director dictará resolución conteniendo la relación definitiva de
aprobados y dispondrá su publicación el Diario Oficial de Extremadura.
Viernes 4 de octubre de 2024
47471
4. Al amparo de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura si alguna de las aspirantes no pudiera completar
el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases
que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
Octava. Superación del proceso.
1. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal de cada prueba selectiva emitirá resolución en
que expresará, por orden de puntuación, el nombre de los aspirantes que hubieran superado la prueba objetiva, con expresión de la puntuación obtenida, que se publicará en el
tablón de anuncios del Consorcio y en su página web, apartado de empleo.
2. Simultáneamente el Director del Consorcio anunciará la apertura del plazo de diez días
hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso de méritos, tal y como se establece en la base sexta.
Finalizado el referido plazo, el Director remitirá al Tribunal los documentos justificativos de
los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por los aspirantes.
3. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal hará público, por el mismo procedimiento
dispuesto para la fase de prueba objetiva las listas con la puntuación obtenida en dicha
fase por los aspirantes que superaron la fase precedente, disponiendo los interesados as
de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo. A continuación
las remitirán al Director.
4. Con la puntuación total obtenida por los aspirantes en la prueba objetiva y en el concurso
de méritos el Tribunal elevará la relación provisional de aprobados al Director, quién dispondrá su inserción en el Diario Oficial de Extremadura por el orden de puntuación total,
no pudiéndose declarar aprobados mayor número de aspirantes que puestos convocados a
ascenso. Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la relación provisional, para presentar las alegaciones
que estimen pertinentes, que no tendrán carácter de recurso.
Finalizado dicho plazo, el Director dictará resolución conteniendo la relación definitiva de
aprobados y dispondrá su publicación el Diario Oficial de Extremadura.