Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024063084)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura -aprobada por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2024-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024
47395
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Normativa aplicable.
En el marco de la Constitución española de 1978, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura –en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
que establece en su artículo 9.1.11 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en
materia de Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas–, y de lo dispuesto en
la legislación básica del Estado en dicha materia, en este procedimiento es directamente aplicable la siguiente normativa legal y reglamentaria:
1º. E
l Real Decreto 59/1995, de 24 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Colegios Oficiales o Profesionales.
2º. La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
3º. L
a Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios
Profesionales de Extremadura, conforme con la modificación practicada por la Ley 4/2020,
de 18 de noviembre.
4º. L
a Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y
su ejercicio.
5º. L
a Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
6º. L
a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7º. E
l Decreto 24/2007, de 20 de febrero, por el que se regula el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
8º. E
l Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, número 140, de 21
de julio de 2023).
9º. E
l Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Diario Oficial de Extremadura, extraordinario número 3, de 16 de septiembre de 2023) –modificado por el Decreto
11/2024, de 20 de febrero, con la corrección de errores al mismo publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, número 60, de 26 de marzo de 2024–.
Viernes 4 de octubre de 2024
47395
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Normativa aplicable.
En el marco de la Constitución española de 1978, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura –en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
que establece en su artículo 9.1.11 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en
materia de Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas–, y de lo dispuesto en
la legislación básica del Estado en dicha materia, en este procedimiento es directamente aplicable la siguiente normativa legal y reglamentaria:
1º. E
l Real Decreto 59/1995, de 24 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Colegios Oficiales o Profesionales.
2º. La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
3º. L
a Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios
Profesionales de Extremadura, conforme con la modificación practicada por la Ley 4/2020,
de 18 de noviembre.
4º. L
a Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y
su ejercicio.
5º. L
a Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
6º. L
a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7º. E
l Decreto 24/2007, de 20 de febrero, por el que se regula el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
8º. E
l Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, número 140, de 21
de julio de 2023).
9º. E
l Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Diario Oficial de Extremadura, extraordinario número 3, de 16 de septiembre de 2023) –modificado por el Decreto
11/2024, de 20 de febrero, con la corrección de errores al mismo publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, número 60, de 26 de marzo de 2024–.