Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024063084)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura -aprobada por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2024-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

47394

General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2024, solicitando, a su vez, el
control de legalidad de dicha modificación estatutaria así como, en su caso, su inscripción en
el Registro de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Al citado escrito se adjunta tanto el Certificado, de 23 de abril de 2024, del Consejo General
de Colegios Oficiales de Podólogos de España, aprobando (informando favorablemente) la
modificación parcial estatutaria aprobada por el Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, como el Certificado, de 6 de mayo de 2024, del Colegio Oficial de
Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comprensivo de las modificaciones
estatutarias aprobadas por la Asamblea General colegial, en sesión extraordinaria celebrada
el 1 de febrero de 2024.
Cuarto. Con fecha 24 de septiembre de 2024, se emite –por el Jefe de Sección de Asociaciones, Colegios y Fundaciones del Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de
Extremadura– informe de legalidad respecto de la modificación de los Estatutos del Colegio
Oficial de Podólogos de Extremadura, concluyendo –en su Fundamento de Derecho Séptimo–
que “las modificaciones al texto de los vigentes Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos
de Extremadura, reseñadas en el punto 2 del Fundamento de Derecho Quinto del presente,
aprobadas por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de
2024, así como por el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos de España, tienen
un carácter funcional y de autoorganización y, a su vez, no suponen merma de los contenidos
obligatorios del Estatuto, ni afectan a los principios de organización interna y funcionamiento
democráticos del Colegio, son conformes con la legalidad, ajustándose al ordenamiento jurídico vigente y, por ello mismo, resulta procedente su inscripción en el Registro de Colegios
Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura”.
Quinto. Con fecha 26 de septiembre de 2024, la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura ha emitido Propuesta de resolución –favorable– a la declaración conforme a la legalidad de la modificación de los Estatutos
del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la inscripción
de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, y la publicación –en el Diario Oficial de Extremadura– de dicha modificación
estatutaria, aprobada por la Asamblea General del Colegio, en sesión extraordinaria celebrada
el 1 de febrero de 2024.