Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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NÚMERO 194

47052

Viernes 4 de octubre de 2024

ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PICONERAS
< TRAMITABLE MEDIANTE FORMULARIO ELECTRÓNICO DISPONIBLE EN LA WEB http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ o REGISTROS
OFICIALES >

JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Gestión Forestal y Mundo
Rural

Dirección General de Prevención y
Extinción de Incendios.

CENTRAL DE INCENDIOS BADAJOZ
Fijo: 924 011 163
Móvil: 630 846 583
FAX: 924 011 160
Ctra. San Vicente s/n - 06071 Badajoz

CENTRAL DE INCENDIOS CACERES
Fijo: 927 005 809
Móvil: 630 846 583
FAX: 927 005 811
Avda. La Cañada s/n - 10071 Cáceres

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales

1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE, QUE CON SU FIRMA O ENVIO ELECTRÓNICO RECONOCE ESTAR INFORMADO DEL
CONDICIONADO A QUE SE OBLIGA:
Nombre y apellidos/Razón social
con dirección en C/
Código postal
Teléfono móvil (obligatorio)

□ M □ H DNI/NIE/NIF:
en la localidad de
Correo electrónico (obligatorio)

2. DATOS DE LA ACTIVIDAD:
Término Municipal ______________________ Finca o paraje _________________
□ Plan de Prevención _________________
□ SIGPAC: (hasta un máximo de 6 parcelas por polígono y un máximo de 2 polígonos diferentes por declaración.)
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
□ Según mapa adjunto

□ La persona solicitante expresa poseer el consentimiento del propietario de la finca para el desarrollo de la actividad solicitada.

3. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR.
1.
2.
3.

4.
5.
6.

7.

8.

DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la declaración responsable en el lugar de la actividad.
RESIDUOS PROHIBIDOS: cualesquiera que no sean restos vegetales agrarios o selvícolas como, por ejemplo: restos procedentes de labores de jardinería,
mantenimiento de zonas verdes, mantenimiento de viales, papel, cartón, textiles, plásticos o mobiliario.
EMPLAZAMIENTO Y DIMENSIONES DE LOS MONTONES:
Los montones se situarán sobre zonas limpias libres de hojarasca, pasto seco, matorral u otra vegetación inflamable. Deberá procederse al desbroce de este
tipo de vegetación, en un radio de 10 m desde el borde del montón.
Los montones estarán alejados de otra vegetación que pudiera inflamarse, como linderos, riberas y copas de arbolado. La distancia a esta vegetación será
acorde al número y dimensiones de los montones.
Las dimensiones de los montones serán aquellas que permitan un manejo adecuado de la quema, de acuerdo con las personas y medios disponibles. Su
diámetro y alturas no superarán los 4 m.
ÍNDICE DE RIESGO: se tendrá en cuenta el riesgo de incendio forestal de AEMET publicado en http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ no iniciando o
suspendiendo el encendido en caso de riesgo muy alto o extremo.
HORARIO HÁBIL: desde 1 hora antes de la salida del sol, hasta las 17:00, momento en el que no se apreciará llama.
VIGILANCIA Y MEDIOS DE EXTINCIÓN:
La quema de los montones estará vigilada en todo momento, desde su encendido hasta que sus rescoldos queden completamente consumidos.
Todos los montones encendidos deberán estar a la vista, y a una distancia que permita la pronta intervención de las personas que estén realizando la quema.
Se dispondrá de medios adecuados para manejar la quema y extinguir cualquier conato que pudiera ocasionarse.
Se dispondrá de teléfono, desde el que se contactará con el 112 en caso de incendio u otra emergencia.
AVISO PREVIO:
Cuando los montones superen 1 metro de alto o estén prendidos de forma simultánea en grupos de más de 10, se avisará 1 hora antes de su encendido
mediante llamada a la Central de incendios de la provincia correspondiente o al 112.
OTRAS PRECAUCIONES
Se evitará quemar en días en que, debido a la velocidad y dirección del viento, se puedan conducir pavesas incandescentes hacia lugares con riesgo de incendio
forestal, se pudiera causar daños a terceros o el humo afecte a poblaciones o viales con tráfico (puede consultarse el riesgo de incendios AEMET en
http://www.infoex.info).

4. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:

□ Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
□ Acreditación de la representación, mediante cualquier medio válido en derecho, que otorgue a la persona representante la facultad para formular la solicitud,

en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.

5. ASPECTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la Dirección General de
Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado
al efecto.
Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial.
Que el contenido esencial de la misma se encuentre debidamente completado, considerándose éste como aquellos datos referentes a: identificación y firma
de la persona interesada, medio de notificación, datos del uso o actividad, localización y fecha de realización.
La declaración responsable que cumpla los requisitos anteriormente señalados se presume válida y surge en el momento de su presentación en un Registro físico
o electrónico o de su formulación telemática en la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea. La vigencia de la misma se prolongará hasta la