Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
53 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024



47030

2º. L
 ugar susceptible y/o vulnerable de menor entidad: viviendas o edificaciones aisladas; líneas eléctricas aéreas particulares; vertederos; depósitos particulares de
combustible; repetidores o equipamientos de radiocomunicaciones.

n) Z
 ona de Actuación Urgente: aquellas en las que sea preciso adoptar medidas de conservación o de restauración inmediata después de haber sufrido una catástrofe o desastre natural, declaradas por la Consejería con competencias en materia de montes y
aprovechamientos forestales o, en su caso, por el Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura.
o) Índice de Riesgo: parámetro determinante del nivel de riesgo meteorológico, estratificado en clases o niveles de riesgo, elaborado por la Agencia Estatal de Meteorología,
como indicador de la probabilidad de ocurrencia del fuego, así como de la extensión e
intensidad del mismo.
p) Rematante: persona física o jurídica que, como persona titular del derecho de aprovechamiento o por acuerdo o encargo de ésta, ejecuta materialmente las labores propias
de un aprovechamiento de madera en terreno forestal.
q) Recolector: persona física o jurídica que, como persona titular de una explotación agraria o por acuerdo o encargo de ésta, ejecuta materialmente labores con máquinas recolectoras tales como cosechadoras, segadoras o empacadoras.
r) L
 ínea cortafuegos: franjas de anchura variable desprovistas de vegetación hasta el suelo
mineral.
s) Área cortafuegos: franjas de anchura variable en las que se disminuye la carga y se
modifica la estructura de los combustibles, de manera que se dificulte la propagación
del fuego a través de éstos.
t) Faja auxiliar: franjas de anchura variable que discurren de forma paralela a vías de
comunicación, en las que se disminuye la carga y se modifica la estructura de los combustibles, de manera que se dificulte la propagación del fuego a través de éstos.
u) B
 anda de protección de lugar vulnerable: actuación preventiva de autoprotección de
una edificación, consistente en la creación de una franja y un área de protección adyacente a la misma, donde se disminuyen la carga y se modifica la estructura de los combustibles, de manera que se dificulte la propagación y se reduzca el riesgo de alcance
intenso por incendio forestal.
v) Plaga: cualquier especie, cepa o biotipo de agentes patógenos, animales o vegetales
parásitos que sean nocivos para los vegetales o productos vegetales.