Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063076)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvención a la Asociación Movimiento de Mujeres Migrantes de Extremadura, en el marco de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024

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En base a lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de Julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y el Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Presidencia de la Junta de Extremadura, corresponde a la persona titular de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el ejercicio de las
competencias que en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las
Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión de la subvención directa que
se propone corresponde a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social tal y como se establece en el resuelvo duodécimo de la
Resolución de convocatoria. Mediante Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), se delega en las personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia
de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para
resolver la concesión de subvenciones cuya tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia, incluida la concesión de las subvenciones de forma
directa, sin convocatoria previa, en los supuestos del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme a ello,
corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver la concesión de esta subvención.
Segundo. Por Orden de 27 de julio de 2022 se establecen y aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género (DOE n.º 145, de 28 de julio).
Por su parte, mediante Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la
participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y
erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género
(DOE n.º 117, de 18 de junio).
Tercero. Tal y como dispone el resuelvo séptimo de la resolución de convocatoria, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7 y 32 de la Orden de 27 de julio de 2022, por la que se
establecen y aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, el procedimiento de concesión