Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063076)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvención a la Asociación Movimiento de Mujeres Migrantes de Extremadura, en el marco de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46678
Tercero. De la documentación aportada se constata que la entidad Movimiento de Mujeres
Migrantes de Extremadura, con NIF G09877952, es una asociación de mujeres sin ánimo de
lucro que tiene como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de las mujeres y la
igualdad de oportunidades y realiza sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y que cumple con todos los requisitos establecidos en el resuelvo sexto de la
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para
la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de
la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género para obtener la
condición de beneficiaria de esta subvención, quedando acreditada que la misma no incurre
en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por su parte, el proyecto ”Nos queremos libres e independientes” para el que se solicita financiación se desarrolla en torno a actuaciones contenidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto
de Estado contra la violencia de Género conforme aparecen recogidos en el anexo I de la
resolución de convocatoria.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, conforme a lo establecido en el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, la planificación y desarrollo de las políticas de igualdad y conciliación, promoviendo
medidas sustentadas en la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir y
combatir la discriminación entre mujeres y hombres; el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar la violencia de género y la promoción de políticas que garanticen el respeto
a la orientación sexual y a la identidad de género de todas las personas.
Para el cumplimiento de las competencias atribuidas la Secretaría General de Igualdad y Conciliación cuenta, entre sus órganos administrativos, con el Servicio de Promoción, Impulso y
Desarrollo de las Políticas de Igualdad, que actuará como órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento, así como para elevar propuesta de resolución conforme
determina el resuelvo décimo de la Resolución de convocatoria.
Jueves 3 de octubre de 2024
46678
Tercero. De la documentación aportada se constata que la entidad Movimiento de Mujeres
Migrantes de Extremadura, con NIF G09877952, es una asociación de mujeres sin ánimo de
lucro que tiene como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de las mujeres y la
igualdad de oportunidades y realiza sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y que cumple con todos los requisitos establecidos en el resuelvo sexto de la
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para
la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de
la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género para obtener la
condición de beneficiaria de esta subvención, quedando acreditada que la misma no incurre
en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por su parte, el proyecto ”Nos queremos libres e independientes” para el que se solicita financiación se desarrolla en torno a actuaciones contenidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto
de Estado contra la violencia de Género conforme aparecen recogidos en el anexo I de la
resolución de convocatoria.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, conforme a lo establecido en el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, la planificación y desarrollo de las políticas de igualdad y conciliación, promoviendo
medidas sustentadas en la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir y
combatir la discriminación entre mujeres y hombres; el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar la violencia de género y la promoción de políticas que garanticen el respeto
a la orientación sexual y a la identidad de género de todas las personas.
Para el cumplimiento de las competencias atribuidas la Secretaría General de Igualdad y Conciliación cuenta, entre sus órganos administrativos, con el Servicio de Promoción, Impulso y
Desarrollo de las Políticas de Igualdad, que actuará como órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento, así como para elevar propuesta de resolución conforme
determina el resuelvo décimo de la Resolución de convocatoria.