Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Arquitectura. Premios. (2024040178)
Decreto 112/2024, de 3 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46663
11) Las bases y el modelo de presentación de candidaturas podrán descargarse en la página
web de la Junta de Extremadura, en la dirección https://www.juntaex.es/tramites, en la
página web del SITEX (Sistema de Información Territorial de Extremadura), en la dirección
http://sitex.gobex.es/SITEX/inicio y en la página web del COADE http://www.coade.org.
12) Según el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se
requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos
en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicando que, si no lo hiciera,
se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá dictarse según el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
13) La presentación de candidaturas para optar a estos premios supone la aceptación expresa
y formal de lo establecido en la presente convocatoria.
Séptimo. Documentación.
Las persona o entidades interesadas deberán presentar junto a su solicitud la documentación
establecida en el artículo 7 del presente decreto de forma electrónica, de conformidad con los
establecido en los apartados 3 y 9 del artículo 6.
Octavo. Órgano de instrucción y evaluación. Jurado.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión será
el Servicio de Urbanismo, al que corresponde el impulso y ordenación del procedimiento.
No obstante, la propuesta de resolución será formulada por la persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
2. Para la valoración de las candidaturas y elevación del informe vinculante a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del territorio y Agenda Urbana, se
constituirá un Jurado integrado por:
a) Presidencia: Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
b) Vocales:
1.º L
a persona titular del Decanato del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura,
o persona en quien delegue.
2.º T
res personas de reconocido prestigio en el ámbito de la arquitectura, el urbanismo
o la ordenación del territorio, seleccionadas entre la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y el Colegio oficial de arquitectos
de Extremadura.
Jueves 3 de octubre de 2024
46663
11) Las bases y el modelo de presentación de candidaturas podrán descargarse en la página
web de la Junta de Extremadura, en la dirección https://www.juntaex.es/tramites, en la
página web del SITEX (Sistema de Información Territorial de Extremadura), en la dirección
http://sitex.gobex.es/SITEX/inicio y en la página web del COADE http://www.coade.org.
12) Según el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se
requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos
en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicando que, si no lo hiciera,
se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá dictarse según el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
13) La presentación de candidaturas para optar a estos premios supone la aceptación expresa
y formal de lo establecido en la presente convocatoria.
Séptimo. Documentación.
Las persona o entidades interesadas deberán presentar junto a su solicitud la documentación
establecida en el artículo 7 del presente decreto de forma electrónica, de conformidad con los
establecido en los apartados 3 y 9 del artículo 6.
Octavo. Órgano de instrucción y evaluación. Jurado.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión será
el Servicio de Urbanismo, al que corresponde el impulso y ordenación del procedimiento.
No obstante, la propuesta de resolución será formulada por la persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
2. Para la valoración de las candidaturas y elevación del informe vinculante a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del territorio y Agenda Urbana, se
constituirá un Jurado integrado por:
a) Presidencia: Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
b) Vocales:
1.º L
a persona titular del Decanato del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura,
o persona en quien delegue.
2.º T
res personas de reconocido prestigio en el ámbito de la arquitectura, el urbanismo
o la ordenación del territorio, seleccionadas entre la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y el Colegio oficial de arquitectos
de Extremadura.