Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Arquitectura. Premios. (2024040178)
Decreto 112/2024, de 3 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46662
Para la presentación electrónica de solicitudes, deberán disponer, para la autentificación y
firma electrónica de las solicitudes, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor.
Si carece de ellos podrían obtenerlos en alguna de estas páginas web:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
4) Las candidaturas podrán ser presentadas por cualquier entidad pública o privada, o por
cualquier persona particular o grupo de particulares, en todas las categorías. Si la propuesta no es presentada por quienes ostenten su autoría, se precisará su conformidad expresa.
5) Cada candidatura podrá presentarse a distintas categorías, siempre que reúna los requisitos especificados en las mismas, aunque no podrán presentarse candidaturas ya premiadas
en anteriores convocatorias de estos premios.
6) L
a comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realizará de oficio por
el órgano instructor, ajustándose en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
7) E
n el caso de no coincidir solicitante y persona o entidad beneficiaria, será necesario el
consentimiento expreso de ésta, con carácter previo a la propuesta de resolución de concesión, para que la comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realice
de oficio por el órgano instructor. En caso contrario, quedará obligada a aportar copia del
documento o tarjeta de identidad.
8) Las personas interesadas no tienen la obligación de presentar datos o documentos originales, que hayan sido aportados con anterioridad a cualquier Administración, salvo que
hubieren transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en el modelo normalizado de solicitud en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las interesadas e interesados.
9) En caso de que la documentación adjunta a la solicitud no pueda ajustarse al número de
archivos y capacidad permitida en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, se podrá cargar en el portal SEGAX de la Junta de Extremadura, en la dirección
https://segax.gobex.es/, dirigido al correo electrónico sg.infraestructuras@juntaex.es, e
indicarse el enlace y códigos de acceso en el anexo correspondiente.
10) El plazo de presentación de las candidaturas de esta convocatoria será de un mes contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma,
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Jueves 3 de octubre de 2024
46662
Para la presentación electrónica de solicitudes, deberán disponer, para la autentificación y
firma electrónica de las solicitudes, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor.
Si carece de ellos podrían obtenerlos en alguna de estas páginas web:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
4) Las candidaturas podrán ser presentadas por cualquier entidad pública o privada, o por
cualquier persona particular o grupo de particulares, en todas las categorías. Si la propuesta no es presentada por quienes ostenten su autoría, se precisará su conformidad expresa.
5) Cada candidatura podrá presentarse a distintas categorías, siempre que reúna los requisitos especificados en las mismas, aunque no podrán presentarse candidaturas ya premiadas
en anteriores convocatorias de estos premios.
6) L
a comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realizará de oficio por
el órgano instructor, ajustándose en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
7) E
n el caso de no coincidir solicitante y persona o entidad beneficiaria, será necesario el
consentimiento expreso de ésta, con carácter previo a la propuesta de resolución de concesión, para que la comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realice
de oficio por el órgano instructor. En caso contrario, quedará obligada a aportar copia del
documento o tarjeta de identidad.
8) Las personas interesadas no tienen la obligación de presentar datos o documentos originales, que hayan sido aportados con anterioridad a cualquier Administración, salvo que
hubieren transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en el modelo normalizado de solicitud en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las interesadas e interesados.
9) En caso de que la documentación adjunta a la solicitud no pueda ajustarse al número de
archivos y capacidad permitida en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, se podrá cargar en el portal SEGAX de la Junta de Extremadura, en la dirección
https://segax.gobex.es/, dirigido al correo electrónico sg.infraestructuras@juntaex.es, e
indicarse el enlace y códigos de acceso en el anexo correspondiente.
10) El plazo de presentación de las candidaturas de esta convocatoria será de un mes contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma,
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).