Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Arquitectura. Premios. (2024040178)
Decreto 112/2024, de 3 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024

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c) Para el resto de las categorías, desde la fecha acreditada de final de obra o de las
actuaciones.
Cuarto. Persona o entidad beneficiaria y requisitos.
1. P
 odrán ser beneficiarias de estos premios:
a) En la categoría 1.ª, la persona o entidad, pública o privada, titular de la actuación.
b) En el resto de las categorías, las autoras y autores de la propuesta. En el caso de que la
titular de la actuación sea una administración pública y el proyecto haya sido redactado
por funcionarios o empleados de ésta, la beneficiaria será la administración pública, sin
perjuicio del reconocimiento de la autoría.
2. E
 n todo caso las personas o entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente decreto.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
El procedimiento de concesión de los premios se tramita en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de conformidad con lo establecido en el artículo en el
artículo 8 del presente decreto.
Sexto. Plazo y Presentación de candidaturas.
1) L
 a presentación de candidaturas deberá formalizarse en el modelo que figura como anexo de este decreto, en la que se identificará la actuación presentada y la categoría a la
que concursa e irán dirigidas a la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda, acompañando del resto de documentación requerida, que se relaciona en el artículo 7.
2) Las personas y entidades interesadas en los premios estarán obligadas a relacionarse
electrónicamente con la Administración, debido a que o bien son personas jurídicas o bien
siendo personas físicas ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria o no estando colegiados en la actualidad, por la propia naturaleza de los
premios se deduce su capacidad técnica y profesional.
3) Por los motivos previstos en el apartado anterior la entidad o persona solicitante deberá
presentar su solicitud junto con la documentación que la acompañe a través del Registro
Electrónico General de Sede electrónica asociada de la Junta de Extremadura, punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0606222) facilitando de esta manera
su localización a los interesados, dentro de la ficha correspondiente al trámite o bien en
cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.