Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2024040177)
Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y se aprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención.
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NÚMERO 192
Miércoles 2 de octubre de 2024



46292

b) Copia del certificado acreditativo del grado de discapacidad, emitido por el Centro de
Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX), en su caso.



c) Certificado del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria o de la unidad
administrativa competente, en el que se hagan constar los bienes inmuebles de naturaleza urbana respecto de los que sean titulares o cotitulares del pleno dominio.



d) Documento expedido por el Instituto de la Mujer de Extremadura que acredite que
alguna de las personas integrantes de la unidad de convivencia reúne la condición de
víctima de violencia de género, en su caso.



e) Documento acreditativo de la condición de familia numerosa o monoparental, en su
caso.



f) Documento que acredite que alguna de las personas integrantes de la unidad de convivencia reúne la condición de víctima de terrorismo, en su caso.
Mediando oposición o falta de autorización expresa, según los casos, las personas solicitantes deberán presentar, junto con su solicitud, los documentos anteriormente señalados.

3. Salvo que las personas afectadas – solicitantes, y resto de personas señaladas en la letra
b) del artículo 15 del presente decreto en su caso- no lo hubieren autorizado expresamente
en el modelo normalizado de solicitud, la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y
Regeneración Urbana recabará electrónicamente:


a) La información acreditativa del nivel de renta.

No mediando autorización expresa a la consulta de datos con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, las personas interesadas deberán presentar junto con su
solicitud, certificado de renta con código seguro de verificación, expedido por dicho organismo, correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior al de
la presentación de la solicitud. A tal efecto también se admitirá la copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) referida a dicho periodo
impositivo.
b) Certificación acreditativa de que las personas solicitantes se encuentran al corriente
de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus obligaciones
con la Seguridad Social.
No mediando autorización expresa, las personas interesadas deberán presentar, junto
con su solicitud, los documentos anteriormente señalados.