Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063035)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Vodafone España para el proyecto "Digicraft en tu cole".
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
46028
ciales o técnicos, científicos, productos, procesos, clientes, proyectos, mercados y campañas promocionales y publicitarias.
L
as Partes reconocen que la información recibida en el desarrollo de este Convenio no
podrá ser utilizada con otra finalidad que la consecución del objeto del presente convenio.
L
as obligaciones de confidencialidad establecidas en esta cláusula estarán en vigor mientras dure la relación entre las partes, así como durante cinco (5) años más una vez extinguida por cualquier causa la citada relación entre las Partes.
L
as Partes reconocen que las obligaciones de confidencialidad acoradas en la presente
cláusula lo serán sin perjuicio de aquellas dimanantes de la regulación en materia de
transparencia que en su caso pudiera ser de aplicación.
15. C
esión.
L
os derechos y obligaciones asumidas por cada una de las Partes bajo este Convenio no
podrán ser cedidos a terceras partes sin el consentimiento previo y por escrito de la otra
Parte. A estos efectos se entiende por terceras personas aquellas que no están vinculadas
orgánicamente a las Partes.
F
undación Vodafone se reserva el derecho de cesión del presente Convenio al resto de
organizaciones de Vodafone Group Foundation.
16. P
rotección a los menores y a los adultos en situación de vulnerabilidad.
L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, exige a todos los docentes
que acrediten no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica
1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mediante Certificación negativa del Registro
Central de Delincuentes Sexuales,
E
ste requisito se mantiene durante todo el curso escolar, quedando obligado el docente a
comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que
hace referencia el párrafo anterior.
L
as Partes a su vez deberán facilitarse sus respectivas políticas en materia de beneficiarios vulnerables y deberán notificar con carácter inmediato a la otra cualquier incidencia
relativa a abuso o explotación referida a los beneficiarios del Proyecto o sus empleados.
En particular, las Partes deberán garantizar que los empleados de estas que participen
en el Proyecto cumplen los requisitos que la legislación nacional exige para trabajar con
menores.
Martes 1 de octubre de 2024
46028
ciales o técnicos, científicos, productos, procesos, clientes, proyectos, mercados y campañas promocionales y publicitarias.
L
as Partes reconocen que la información recibida en el desarrollo de este Convenio no
podrá ser utilizada con otra finalidad que la consecución del objeto del presente convenio.
L
as obligaciones de confidencialidad establecidas en esta cláusula estarán en vigor mientras dure la relación entre las partes, así como durante cinco (5) años más una vez extinguida por cualquier causa la citada relación entre las Partes.
L
as Partes reconocen que las obligaciones de confidencialidad acoradas en la presente
cláusula lo serán sin perjuicio de aquellas dimanantes de la regulación en materia de
transparencia que en su caso pudiera ser de aplicación.
15. C
esión.
L
os derechos y obligaciones asumidas por cada una de las Partes bajo este Convenio no
podrán ser cedidos a terceras partes sin el consentimiento previo y por escrito de la otra
Parte. A estos efectos se entiende por terceras personas aquellas que no están vinculadas
orgánicamente a las Partes.
F
undación Vodafone se reserva el derecho de cesión del presente Convenio al resto de
organizaciones de Vodafone Group Foundation.
16. P
rotección a los menores y a los adultos en situación de vulnerabilidad.
L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, exige a todos los docentes
que acrediten no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica
1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mediante Certificación negativa del Registro
Central de Delincuentes Sexuales,
E
ste requisito se mantiene durante todo el curso escolar, quedando obligado el docente a
comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que
hace referencia el párrafo anterior.
L
as Partes a su vez deberán facilitarse sus respectivas políticas en materia de beneficiarios vulnerables y deberán notificar con carácter inmediato a la otra cualquier incidencia
relativa a abuso o explotación referida a los beneficiarios del Proyecto o sus empleados.
En particular, las Partes deberán garantizar que los empleados de estas que participen
en el Proyecto cumplen los requisitos que la legislación nacional exige para trabajar con
menores.