Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024040190)
Decreto 120/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
45963
c) Número de oficinas abiertas de atención de atención personalizada y presencial en la
Comunidad Autónoma, al menos 25 horas a la semana: 1 punto por oficina, hasta un
máximo de 10 puntos.
d) Tiempo semanal de apertura al público de la oficina: 0,1 punto por hora y oficina, hasta
un máximo de 10 puntos.
e) Número de personas trabajadoras en plantilla dedicados a la actividad subvencionada,
en las oficinas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
— 5 puntos por persona trabajadora, de los grupos de cotización I y II.
— 1 punto por persona trabajadora, del resto de grupos de cotización.
Hasta un máximo de 20 puntos.
Las personas trabajadoras contratadas en régimen de jornada parcial o que no se dedi
quen únicamente a la actividad subvencionada se computarán proporcionalmente.
A efectos de control, se deberá adjuntar Relación nominal de personas trabajadoras
-TC2.
f) Por las reclamaciones tramitadas gratuitamente por la propia entidad beneficiaria en el
ejercicio anterior a la convocatoria: 0,01 puntos, hasta un máximo de 20 puntos.
A efectos de cómputo, se deberá aportar listado de las personas beneficiarias de la ac
tuación, con indicación de número de teléfono y domicilio de éstas, para llevar a cabo
las comprobaciones correspondientes, mediante “muestreo del 10 por ciento del total
de los remitidos”. Advertir que por cada dato aportado que no sea confirmado en el
muestreo, se penalizará en proporción de 20 a 1, sin perjuicio de los procedimientos
sancionadores que se puedan llevar a cabo.
En este sentido, se deberá estar en posesión de documentación acreditativa suficiente
que acredite la atención de las reclamaciones tramitadas, la cual le podrá ser requerida
para la práctica de este muestreo.
g) Acciones formativas y educativas directamente relacionadas con el ámbito de consumo,
desarrolladas presencialmente en el ámbito territorial de Extremadura, durante el ejer
cicio anterior al de la convocatoria: 0,2 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos.
Advertir que se deberá estar en posesión de documentación acreditativa suficiente que
acredite la realización de las acciones señaladas, la cual le podrá ser requerida a efectos
acreditativos.
Martes 1 de octubre de 2024
45963
c) Número de oficinas abiertas de atención de atención personalizada y presencial en la
Comunidad Autónoma, al menos 25 horas a la semana: 1 punto por oficina, hasta un
máximo de 10 puntos.
d) Tiempo semanal de apertura al público de la oficina: 0,1 punto por hora y oficina, hasta
un máximo de 10 puntos.
e) Número de personas trabajadoras en plantilla dedicados a la actividad subvencionada,
en las oficinas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
— 5 puntos por persona trabajadora, de los grupos de cotización I y II.
— 1 punto por persona trabajadora, del resto de grupos de cotización.
Hasta un máximo de 20 puntos.
Las personas trabajadoras contratadas en régimen de jornada parcial o que no se dedi
quen únicamente a la actividad subvencionada se computarán proporcionalmente.
A efectos de control, se deberá adjuntar Relación nominal de personas trabajadoras
-TC2.
f) Por las reclamaciones tramitadas gratuitamente por la propia entidad beneficiaria en el
ejercicio anterior a la convocatoria: 0,01 puntos, hasta un máximo de 20 puntos.
A efectos de cómputo, se deberá aportar listado de las personas beneficiarias de la ac
tuación, con indicación de número de teléfono y domicilio de éstas, para llevar a cabo
las comprobaciones correspondientes, mediante “muestreo del 10 por ciento del total
de los remitidos”. Advertir que por cada dato aportado que no sea confirmado en el
muestreo, se penalizará en proporción de 20 a 1, sin perjuicio de los procedimientos
sancionadores que se puedan llevar a cabo.
En este sentido, se deberá estar en posesión de documentación acreditativa suficiente
que acredite la atención de las reclamaciones tramitadas, la cual le podrá ser requerida
para la práctica de este muestreo.
g) Acciones formativas y educativas directamente relacionadas con el ámbito de consumo,
desarrolladas presencialmente en el ámbito territorial de Extremadura, durante el ejer
cicio anterior al de la convocatoria: 0,2 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos.
Advertir que se deberá estar en posesión de documentación acreditativa suficiente que
acredite la realización de las acciones señaladas, la cual le podrá ser requerida a efectos
acreditativos.