Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024062988)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Transportes Urbanos de Badajoz, SA".
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45528
cantidad mensual que figura en las tablas salariales anuales anexas (compensación gastos
limpieza y conservación uniforme).
Artículo 28. Nocturnidad. Se establece un plus de nocturnidad para todas las personas trabajadoras que realicen horas de trabajo efectivo entre las 22:00 horas y las 06:00 horas, que
consistirá en una cuantía fijada en las tablas salariales anuales anexas. No serán susceptibles
de este incremento las horas que se abonen con el plus de feria.
Artículo 29. Seguridad y salud. las partes firmantes del presente Convenio Colectivo se
comprometen al desarrollo de la Seguridad y Salud en el trabajo, al amparo de los establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y a las modificaciones que, en su caso, se
pudieran producir, con el objetivo de lograr integrar la seguridad y salud laboral en el sistema
productivo, reducir la siniestralidad laboral, mejorar las condiciones de trabajo y concienciar
a todas las partes.
La vigilancia de la salud, la protección de las personas trabajadoras especialmente sensibles,
la protección de la maternidad y lactancia natural, la evaluación y eliminación de los Riesgos
Psicosociales, la lucha contra las drogodependencias, la eliminación y lucha contra el acoso
laboral serán materias de especial control, relevancia y énfasis dentro del Comité de Seguridad y Salud.
Artículo 30. Medio ambiente. Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos
laborales y la protección del medio ambiente sean aspectos inseparables de la actuación
cotidiana de la empresa y personas trabajadoras/as adscritos al presente Convenio. Por lo
tanto, deberán desarrollarse programas encaminados al ahorro energético, consumo de agua,
reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos.
Los delegados y delegadas de prevención podrán participar en todas aquellas cuestiones relacionadas con el medio ambiente referente a la actividad laboral desarrollada en la empresa.
Artículo 31. Formación. La empresa entregará a la representación legal de las personas
trabajadoras el plan de formación anual dentro del primer trimestre de cada año.
Los cursos de CAP se impartirán en cinco días laborables consecutivos, se realizarán en jornada continua y se considerará en todo caso como tiempo efectivo de trabajo. La empresa se
hará cargo del coste tanto del curso del CAP como de la tasa de expedición de la tarjeta de
cualificación profesional del personal
Cualquier curso de formación que la empresa califique de obligatoria para las personas trabajadoras se realizará en tiempo de trabajo.
Viernes 27 de septiembre de 2024
45528
cantidad mensual que figura en las tablas salariales anuales anexas (compensación gastos
limpieza y conservación uniforme).
Artículo 28. Nocturnidad. Se establece un plus de nocturnidad para todas las personas trabajadoras que realicen horas de trabajo efectivo entre las 22:00 horas y las 06:00 horas, que
consistirá en una cuantía fijada en las tablas salariales anuales anexas. No serán susceptibles
de este incremento las horas que se abonen con el plus de feria.
Artículo 29. Seguridad y salud. las partes firmantes del presente Convenio Colectivo se
comprometen al desarrollo de la Seguridad y Salud en el trabajo, al amparo de los establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y a las modificaciones que, en su caso, se
pudieran producir, con el objetivo de lograr integrar la seguridad y salud laboral en el sistema
productivo, reducir la siniestralidad laboral, mejorar las condiciones de trabajo y concienciar
a todas las partes.
La vigilancia de la salud, la protección de las personas trabajadoras especialmente sensibles,
la protección de la maternidad y lactancia natural, la evaluación y eliminación de los Riesgos
Psicosociales, la lucha contra las drogodependencias, la eliminación y lucha contra el acoso
laboral serán materias de especial control, relevancia y énfasis dentro del Comité de Seguridad y Salud.
Artículo 30. Medio ambiente. Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos
laborales y la protección del medio ambiente sean aspectos inseparables de la actuación
cotidiana de la empresa y personas trabajadoras/as adscritos al presente Convenio. Por lo
tanto, deberán desarrollarse programas encaminados al ahorro energético, consumo de agua,
reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos.
Los delegados y delegadas de prevención podrán participar en todas aquellas cuestiones relacionadas con el medio ambiente referente a la actividad laboral desarrollada en la empresa.
Artículo 31. Formación. La empresa entregará a la representación legal de las personas
trabajadoras el plan de formación anual dentro del primer trimestre de cada año.
Los cursos de CAP se impartirán en cinco días laborables consecutivos, se realizarán en jornada continua y se considerará en todo caso como tiempo efectivo de trabajo. La empresa se
hará cargo del coste tanto del curso del CAP como de la tasa de expedición de la tarjeta de
cualificación profesional del personal
Cualquier curso de formación que la empresa califique de obligatoria para las personas trabajadoras se realizará en tiempo de trabajo.