Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063032)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de conciertos sociales para la prestación del Servicio de Centro de Día dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45649
c) La cualificación y formación del equipo humano que habrá de intervenir en la prestación
del servicio:
La puntuación máxima a alcanzar será de 3 puntos, otorgándose un punto por cada
persona que se adscriba a la prestación del servicio a concertar en la zona para la que
se concurra a la licitación, que disponga, además de la formación académica del área
sociosanitaria o específica por las características del servicio, de un título superior al
exigido para la prestación del servicio.
La acreditación de este criterio de selección se realizará mediante aportación de copia
auténtica de la titulación oficial, acompañada del compromiso de la entidad de que la
persona a quien corresponde dicha titulación se adscribirá a la prestación del servicio
en caso de ser adjudicataria del concierto
3. En todos los casos, para la valoración de los criterios de selección se tendrán en cuenta los
obtenidos o los que se cumplan hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
la solicitud para participar en la convocatoria.
4. En caso de empate en la puntuación entre dos o más entidades, el mismo se resolverá
a favor de la entidad que haya obtenido mayor puntuación en el criterio de selección del
apartado a). En caso de mantenerse la situación, se atenderá a la mayor puntación del
criterio del apartado b) y, de continuar el empate, se atenderá al orden de entrada de la
solicitud de participación en el Registro de la Junta de Extremadura.
Noveno. Asignación de plazas.
Atendiendo a la puntuación obtenida conforme a los criterios de selección señalados en el
resuelvo anterior, las plazas serán asignadas en función de los siguientes criterios de reparto:
1. A
las entidades que dispusieran de plazas financiadas para la prestación del servicio con
anterioridad a su participación en el concierto, se le adjudicarán provisionalmente el mismo
número de plazas que tenían financiadas.
No obstante lo anterior, en el caso de que existan plazas vacantes, solo se financiará hasta
un máximo de 8 plazas.
Aquellas entidades que dispusieran de un número de plazas financiadas inferior a 6, se le
otorgará financiación por este número, a fin de garantizar la viabilidad del servicio.
2. P
ara el caso de que existiera lista de espera y ésta no pudiera ser atendida con las vacantes
existentes y que han sido valoradas, se procederá de la siguiente manera:
Viernes 27 de septiembre de 2024
45649
c) La cualificación y formación del equipo humano que habrá de intervenir en la prestación
del servicio:
La puntuación máxima a alcanzar será de 3 puntos, otorgándose un punto por cada
persona que se adscriba a la prestación del servicio a concertar en la zona para la que
se concurra a la licitación, que disponga, además de la formación académica del área
sociosanitaria o específica por las características del servicio, de un título superior al
exigido para la prestación del servicio.
La acreditación de este criterio de selección se realizará mediante aportación de copia
auténtica de la titulación oficial, acompañada del compromiso de la entidad de que la
persona a quien corresponde dicha titulación se adscribirá a la prestación del servicio
en caso de ser adjudicataria del concierto
3. En todos los casos, para la valoración de los criterios de selección se tendrán en cuenta los
obtenidos o los que se cumplan hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
la solicitud para participar en la convocatoria.
4. En caso de empate en la puntuación entre dos o más entidades, el mismo se resolverá
a favor de la entidad que haya obtenido mayor puntuación en el criterio de selección del
apartado a). En caso de mantenerse la situación, se atenderá a la mayor puntación del
criterio del apartado b) y, de continuar el empate, se atenderá al orden de entrada de la
solicitud de participación en el Registro de la Junta de Extremadura.
Noveno. Asignación de plazas.
Atendiendo a la puntuación obtenida conforme a los criterios de selección señalados en el
resuelvo anterior, las plazas serán asignadas en función de los siguientes criterios de reparto:
1. A
las entidades que dispusieran de plazas financiadas para la prestación del servicio con
anterioridad a su participación en el concierto, se le adjudicarán provisionalmente el mismo
número de plazas que tenían financiadas.
No obstante lo anterior, en el caso de que existan plazas vacantes, solo se financiará hasta
un máximo de 8 plazas.
Aquellas entidades que dispusieran de un número de plazas financiadas inferior a 6, se le
otorgará financiación por este número, a fin de garantizar la viabilidad del servicio.
2. P
ara el caso de que existiera lista de espera y ésta no pudiera ser atendida con las vacantes
existentes y que han sido valoradas, se procederá de la siguiente manera: