Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063030)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de concierto social para la prestación del Servicio de Atención Temprana dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

45567

El formato para la realización de estos procedimientos deberá ser autorizado por la Consejería competente en
materia de bienestar social.
Cada Centro de Atención Temprana deberá contar con las siguientes medidas de seguridad:
– Plan de evacuación y emergencia.
– Personal instruido en caso de incendio.
– Realización de simulacro de incendio.
– Sistema de detección de incendio.
– Presencia de luces de emergencia.
b)) Seguimiento
Todos los profesionales que trabajan en Atención Temprana tienen como objetivo la plena integración del
niño/a y de su familia a todos los niveles: social, escolar y familiar.
Nos encontramos ante una realidad compleja en la que se desarrolla el trabajo del terapeuta, realidad que no
se limita a los servicios directos de atención al niño/a, por este motivo es necesario tener un conocimiento
exhaustivo de la realidad del niño/a tanto en el ámbito familiar como sanitario, escolar, etc.
Dicho conocimiento se obtendrá a partir de los datos recogidos en un expediente individual. Este expediente
constará de:
– Ficha de Acogida. Donde se recogerán los siguientes datos:
• Datos personales y familiares.
• Datos sobre la patología que presenta el niño/a.
• Datos sobre su nacimiento.
• Datos sobre su desarrollo.
• Datos sobre la implicación de la familia.
• Si está escolarizado/a, datos sobre su escolarización.
• Datos psicométricos en base a pruebas estandarizadas: (BRUNETLEZINE, BAYLEY, REYNELLZINKIN, PICQ Y VAYER, Mc CARTHY, WPPSI Y VINELAND).
• Datos audiológicos: pruebas (Otomisiones Acústicas, Potenciales
Evocados y/o Audiometrías).
• Tipo de Prótesis de audición.
– Ficha de Seguimiento. En ella se recogerán los datos sobre la evaluación del tratamiento.
El seguimiento se realizará en el Centro de Atención Temprana y deberá garantizar la coordinación con los
agentes implicados en el desarrollo del niño/a. A modo indicativo, como organismos competentes, en este
punto se indican los centros educativos, sociales y de salud. La documentación estará a disposición de los
Centros de Atención al Discapacitado en Extremadura (CADEX) cuando éste lo requiera para su supervisión y
seguimiento, con el fin de analizar y valorar la evolución de la persona usuaria.
c) Criterios para la finalización del tratamiento.
Un niño/a que recibe tratamiento de Atención Temprana recibirá el alta por los siguientes motivos:
– Cuando haya cumplido seis años.
– Cuando se hayan conseguido los objetivos marcados en su valoración.
– Por reiteradas faltas de asistencia sin justificar a lo largo de un mes, según lo establecido en el
Reglamento de Régimen Interior.