Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063030)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de concierto social para la prestación del Servicio de Atención Temprana dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

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La acreditación de este criterio se realizará mediante la aportación de un certificado emitido por el Órgano competente de la Administración financiadora, que será recabado de
oficio, donde se haga constar el número de personas usuarias que se están atendiendo
por centro.
b) La experiencia y trayectoria acreditada de la entidad en la prestación del Servicio de
Atención Temprana.
La puntuación máxima a alcanzar será de 5 puntos, otorgándose un punto por cada
año de experiencia en la prestación del Servicio de Atención Temprana. Los periodos de
tiempo inferiores al año se valorarán de forma proporcional por meses completos.
La acreditación de este criterio se realizará mediante la aportación de un certificado
emitido por el organismo público competente para autorizar la prestación del servicio.
En el caso de servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, el certificado será recabado de oficio por la propia administración.
c) La cualificación y formación del equipo humano que habrá de intervenir en la prestación
del servicio:
La puntuación máxima a alcanzar será de 3 puntos, otorgándose un punto por cada
persona que se adscriba a la prestación del servicio a concertar en la zona para la
que se concurra a la licitación, que disponga, además de la formación específica en
Atención Temprana exigida para acreditar a la entidad, de un Máster Oficial de Atención
Temprana.
La acreditación de este criterio de selección se realizará mediante aportación de copia
auténtica de la titulación oficial, acompañada del compromiso de la entidad de que la
persona a quien corresponde dicha titulación se adscribirá a la prestación del servicio
en caso de ser adjudicataria del concierto.
3. En todos los casos, para la valoración de los criterios de selección se tendrán en cuenta los
obtenidos o los que se cumplan a la fecha de finalización del plazo de presentación de la
solicitud para participar en la convocatoria.
4. En caso de empate en la puntuación entre dos o más entidades, el mismo se resolverá a
favor de la entidad que haya obtenido mayor puntuación en el primer criterio de selección.
En caso de mantenerse la situación, se atenderá a la mayor puntación obtenida en los criterios subsiguientes conforme al orden en el que aparecen relacionados. Si el empate no se
resuelve utilizando los anteriores criterios, se atenderá al orden de entrada de la solicitud
de participación en el Registro de la Junta de Extremadura.