Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062991)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del Plan Parcial de Ordenación de la Unidad de Ejecución UE-14 de Guareña. Expte.: IA23/1404.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45504
neamiento, actualmente se está superando el volumen de vertido autorizado en conjunto a
la EDAR de la referida aglomeración urbana, y por tanto, es preciso que los Ayuntamientos
concernidos soliciten revisión de sus respectivas autorizaciones de vertido o que, al menos, lo hagan aquellos que están provocando la superación del volumen global de vertido
autorizado.
Tal y como indica el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, se ha comprobado que la
categoría de suelo en el cual se desarrolla el Plan Parcial es Suelo Urbano, por lo que no se
ven afectados terrenos forestales.
El informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
ha indicado que no se aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente, por
no resultar afectado, directamente, ningún bien integrante del patrimonio histórico y cultural de Extremadura, de acuerdo a los Registros e Inventarios de esta Consejería. Tampoco
se ven afectadas las vías pecuarias.
En cuanto a las carreteras colindantes, el sector tiene su acceso en una vía de servicio de la
carretera EX-105, y aunque no se marca la línea de edificación en los planos, ésta deberá
ser superior a una distancia de 25 metros del borde de la calzada de la carretera EX–105,
de Don Benito a Portugal por Almendralejo.
La aprobación del Plan Parcial no contraviene el desarrollo sostenible de la zona afectada,
en cuanto a que las necesidades actuales no obstaculizan ni comprometen la capacidad de
las futuras generaciones relacionadas con los aspectos ambientales.
La aprobación del Plan Parcial propuesto se considera compatible con la adecuada conservación de los recursos naturales existentes en el ámbito de la aplicación, siempre que se
ejecute con las medidas que se establezcan como necesarias en este informe.
4. M
edidas necesarias para la integración ambiental de la modificación.
Cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar en el suelo afectado por el presente Plan Parcial deberá contar con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes según lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que permitan establecer los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.
Se deberán tener en cuenta las consideraciones emitidas por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en su informe.
Viernes 27 de septiembre de 2024
45504
neamiento, actualmente se está superando el volumen de vertido autorizado en conjunto a
la EDAR de la referida aglomeración urbana, y por tanto, es preciso que los Ayuntamientos
concernidos soliciten revisión de sus respectivas autorizaciones de vertido o que, al menos, lo hagan aquellos que están provocando la superación del volumen global de vertido
autorizado.
Tal y como indica el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, se ha comprobado que la
categoría de suelo en el cual se desarrolla el Plan Parcial es Suelo Urbano, por lo que no se
ven afectados terrenos forestales.
El informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
ha indicado que no se aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente, por
no resultar afectado, directamente, ningún bien integrante del patrimonio histórico y cultural de Extremadura, de acuerdo a los Registros e Inventarios de esta Consejería. Tampoco
se ven afectadas las vías pecuarias.
En cuanto a las carreteras colindantes, el sector tiene su acceso en una vía de servicio de la
carretera EX-105, y aunque no se marca la línea de edificación en los planos, ésta deberá
ser superior a una distancia de 25 metros del borde de la calzada de la carretera EX–105,
de Don Benito a Portugal por Almendralejo.
La aprobación del Plan Parcial no contraviene el desarrollo sostenible de la zona afectada,
en cuanto a que las necesidades actuales no obstaculizan ni comprometen la capacidad de
las futuras generaciones relacionadas con los aspectos ambientales.
La aprobación del Plan Parcial propuesto se considera compatible con la adecuada conservación de los recursos naturales existentes en el ámbito de la aplicación, siempre que se
ejecute con las medidas que se establezcan como necesarias en este informe.
4. M
edidas necesarias para la integración ambiental de la modificación.
Cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar en el suelo afectado por el presente Plan Parcial deberá contar con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes según lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que permitan establecer los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.
Se deberán tener en cuenta las consideraciones emitidas por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en su informe.