Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063009)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica por el Instituto de la Juventud, adscrito a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, a favor del Consorcio Patronato del Festival Internacional de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida: "Campo de voluntariado juvenil internacional Festival de Teatro Clásico de Mérida" dentro de la campaña de verano 2024.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45128
modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones.
En concreto en el presente convenio, en base a lo recogido en el artículo 3 del mencionado
decreto deberán cumplirse con las siguientes obligaciones de identificación, información y
publicidad:
• Instalar placa o cartel informativo en la proporción de dos unidades de alto por una y
media de ancho, con la superficie mínima de 0,40 m 2.
• Ubicar la placa o cartel informativo en el lugar en el que se realicen las actuaciones financiadas por la Junta de Extremadura, en sitio visible al público y en las demás condiciones
especificadas en el Anexo Técnico del mencionado decreto.
• Ajustar las medidas a adoptar al contenido mínimo obligatorio, características técnicas y
especificaciones gráficas a lo establecido en el Anexo Técnico de dicho decreto.
Asimismo, en cualquier actuación relacionada con la difusión y promoción de las actividades
objeto de este convenio (página web, material gráfico…) se deberá hacer constar la colaboración del Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura,
debiendo estar presente de forma visible la imagen de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la imagen del Instituto de la Juventud de
Extremadura.
Decimoprimera. Vigencia del Convenio.
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 28 de julio de 2024, sin perjuicio
del plazo de 15 de octubre de 2024 que regula la cláusula séptima a efectos de justificación
por parte del Consorcio.
Decimosegunda. Extinción del convenio.
1. E
l convenio se extingue por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) La ejecución de la actuación objeto del convenio.
b) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
c) El acuerdo unánime de los firmantes.
Jueves 26 de septiembre de 2024
45128
modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones.
En concreto en el presente convenio, en base a lo recogido en el artículo 3 del mencionado
decreto deberán cumplirse con las siguientes obligaciones de identificación, información y
publicidad:
• Instalar placa o cartel informativo en la proporción de dos unidades de alto por una y
media de ancho, con la superficie mínima de 0,40 m 2.
• Ubicar la placa o cartel informativo en el lugar en el que se realicen las actuaciones financiadas por la Junta de Extremadura, en sitio visible al público y en las demás condiciones
especificadas en el Anexo Técnico del mencionado decreto.
• Ajustar las medidas a adoptar al contenido mínimo obligatorio, características técnicas y
especificaciones gráficas a lo establecido en el Anexo Técnico de dicho decreto.
Asimismo, en cualquier actuación relacionada con la difusión y promoción de las actividades
objeto de este convenio (página web, material gráfico…) se deberá hacer constar la colaboración del Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura,
debiendo estar presente de forma visible la imagen de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la imagen del Instituto de la Juventud de
Extremadura.
Decimoprimera. Vigencia del Convenio.
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 28 de julio de 2024, sin perjuicio
del plazo de 15 de octubre de 2024 que regula la cláusula séptima a efectos de justificación
por parte del Consorcio.
Decimosegunda. Extinción del convenio.
1. E
l convenio se extingue por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) La ejecución de la actuación objeto del convenio.
b) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
c) El acuerdo unánime de los firmantes.