Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062977)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural, cuyo promotor es Luciano Carrasco Méndez, en el término municipal de Valle de Santa Ana. Expte.: IA23/1491.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45257
nes gaseosas a la atmósfera y generación de ruido, producidos por el funcionamiento
de la maquinaria, que debido al tipo de actividad y tamaño del proyecto no será significativo. También podría producirse contaminación del suelo y agua por derrames accidentales de tipo indirecto, los cuales se disminuirán tomando las medidas correctoras
y preventivas indicadas en este informe. No se prevén riesgos de contaminación por el
tipo de actividad en la fase de explotación.
f) Riesgos de accidentes graves y/o catástrofes. Por la propia naturaleza de la actividad
proyectada, se concluye que el proyecto no supone incremento de riesgos de accidentes graves y catástrofes sobre los factores ambientales analizados en el documento
ambiental.
3.2. Ubicación del proyecto.
3.2.1. Descripción del lugar.
La parcela 39 del polígono 3 del término municipal de Valle de Santa Ana, no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura (Red Natura 2000 y Espacio Natural Protegido). No obstante, la zona de
actuación se encuentra a 25 metros de la ZEPA-ZEC, Dehesas de Jerez (ES4310004).
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
en el ámbito de aplicación del proyecto son el hábitat natural de interés comunitario
inventariado constituido por dehesas 6310.
En materia de incendios forestales, la instalación resultante tendrá la consideración de
lugar vulnerable de mayor entidad, a efectos de lo previsto en el artículo 24 del Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que la persona titular de
éste tendrá la obligación de contar con Memoria Técnica de Prevención.
El cauce de un arroyo tributario de arroyo de Los Molinos discurre a unos 220 metros al
noreste de la zona de actuación planteada.
La parcela en cuestión se encuentra dentro de la Masa de Agua Subterránea MASb
“Zafra-Olivenza”, definida en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn) aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24
de enero (BOE n.º 35, de 10/02/2023), no declarada en riesgo de no alcanzar el buen
estado cuantitativo o químico.
Las instalaciones proyectadas se sitúan en la margen izquierda de la carretera N-435,
de Badajoz a Huelva, entre los puntos kilométricos 66+752 y 66+779, dentro de la
Jueves 26 de septiembre de 2024
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nes gaseosas a la atmósfera y generación de ruido, producidos por el funcionamiento
de la maquinaria, que debido al tipo de actividad y tamaño del proyecto no será significativo. También podría producirse contaminación del suelo y agua por derrames accidentales de tipo indirecto, los cuales se disminuirán tomando las medidas correctoras
y preventivas indicadas en este informe. No se prevén riesgos de contaminación por el
tipo de actividad en la fase de explotación.
f) Riesgos de accidentes graves y/o catástrofes. Por la propia naturaleza de la actividad
proyectada, se concluye que el proyecto no supone incremento de riesgos de accidentes graves y catástrofes sobre los factores ambientales analizados en el documento
ambiental.
3.2. Ubicación del proyecto.
3.2.1. Descripción del lugar.
La parcela 39 del polígono 3 del término municipal de Valle de Santa Ana, no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura (Red Natura 2000 y Espacio Natural Protegido). No obstante, la zona de
actuación se encuentra a 25 metros de la ZEPA-ZEC, Dehesas de Jerez (ES4310004).
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
en el ámbito de aplicación del proyecto son el hábitat natural de interés comunitario
inventariado constituido por dehesas 6310.
En materia de incendios forestales, la instalación resultante tendrá la consideración de
lugar vulnerable de mayor entidad, a efectos de lo previsto en el artículo 24 del Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que la persona titular de
éste tendrá la obligación de contar con Memoria Técnica de Prevención.
El cauce de un arroyo tributario de arroyo de Los Molinos discurre a unos 220 metros al
noreste de la zona de actuación planteada.
La parcela en cuestión se encuentra dentro de la Masa de Agua Subterránea MASb
“Zafra-Olivenza”, definida en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn) aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24
de enero (BOE n.º 35, de 10/02/2023), no declarada en riesgo de no alcanzar el buen
estado cuantitativo o químico.
Las instalaciones proyectadas se sitúan en la margen izquierda de la carretera N-435,
de Badajoz a Huelva, entre los puntos kilométricos 66+752 y 66+779, dentro de la