Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062977)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural, cuyo promotor es Luciano Carrasco Méndez, en el término municipal de Valle de Santa Ana. Expte.: IA23/1491.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45256
va, entre los puntos kilométricos 66+752 y 66+779, dentro de la zona de afección de la
Carretera N-435, definida en el artículo 32 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y fuera de la zona de limitación a la edificabilidad, definida en el artículo 33
de la Ley 37/2015, con acceso en punto kilométrico 66+950. El promotor, presentó un
estudio de tráfico, resolviendo la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, la autorización, por lo que a la carretera se refiere, de las obras solicitadas, con sujeción a una serie de condiciones particulares. El promotor dispone de dicha autorización.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
a) El tamaño del proyecto. El presente proyecto tiene por objeto la construcción de una
casa rural en la parcela 39 del polígono 3 del término municipal de Valle de Santa Ana.
La casa rural contará con una superficie construida de 148,30 m2 y superficie útil de
120 m2, distribuidos en vestíbulo, salón-comedor, cocina, distribuidor, tres dormitorios
dobles, y dos baños, todo ello resuelto en una única planta.
b) La acumulación con otros proyectos. La parcela 39 del polígono 3 del término municipal
de Valle de Santa Ana, no cuenta en el entorno con una acumulación de proyectos que
puedan generar efectos negativos sobre el medio ambiente.
c) La utilización de recursos naturales. El principal recurso natural utilizado para el presente proyecto es el suelo, que será ocupado por la edificación e instalaciones proyectadas.
Otro recurso natural utilizado será el agua utilizada por los usuarios de la casa rural y la
limpieza de ésta.
d) La generación de residuos. Durante la fase de construcción, la generación de residuos
provendrá principalmente de los movimientos de tierra, realización de zanjas y residuos
de la construcción y demolición, etc. Durante la fase de explotación, se generarán residuos asimilables a urbanos, y aguas residuales urbanas.
e) C
ontaminación y otros inconvenientes. Durante la fase de construcción del proyecto
puede verse afectada la calidad del aire por la emisión de partículas de polvo y emisio-
Jueves 26 de septiembre de 2024
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va, entre los puntos kilométricos 66+752 y 66+779, dentro de la zona de afección de la
Carretera N-435, definida en el artículo 32 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y fuera de la zona de limitación a la edificabilidad, definida en el artículo 33
de la Ley 37/2015, con acceso en punto kilométrico 66+950. El promotor, presentó un
estudio de tráfico, resolviendo la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, la autorización, por lo que a la carretera se refiere, de las obras solicitadas, con sujeción a una serie de condiciones particulares. El promotor dispone de dicha autorización.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
a) El tamaño del proyecto. El presente proyecto tiene por objeto la construcción de una
casa rural en la parcela 39 del polígono 3 del término municipal de Valle de Santa Ana.
La casa rural contará con una superficie construida de 148,30 m2 y superficie útil de
120 m2, distribuidos en vestíbulo, salón-comedor, cocina, distribuidor, tres dormitorios
dobles, y dos baños, todo ello resuelto en una única planta.
b) La acumulación con otros proyectos. La parcela 39 del polígono 3 del término municipal
de Valle de Santa Ana, no cuenta en el entorno con una acumulación de proyectos que
puedan generar efectos negativos sobre el medio ambiente.
c) La utilización de recursos naturales. El principal recurso natural utilizado para el presente proyecto es el suelo, que será ocupado por la edificación e instalaciones proyectadas.
Otro recurso natural utilizado será el agua utilizada por los usuarios de la casa rural y la
limpieza de ésta.
d) La generación de residuos. Durante la fase de construcción, la generación de residuos
provendrá principalmente de los movimientos de tierra, realización de zanjas y residuos
de la construcción y demolición, etc. Durante la fase de explotación, se generarán residuos asimilables a urbanos, y aguas residuales urbanas.
e) C
ontaminación y otros inconvenientes. Durante la fase de construcción del proyecto
puede verse afectada la calidad del aire por la emisión de partículas de polvo y emisio-