Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062978)
Resolución de 14 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la actividad dedicada a la fabricación de carbón vegetal y gestión y valorización de residuos de madera, promovida por Corchos Oliva, SL, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024

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normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel
se indican.
• Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de alguna
especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional
de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018, de 5 de junio, por el que
se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional
de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies
Amenazadas), se notificará al personal técnico de la Dirección General de Sostenibilidad
y al agente del Medio Natural de la zona que darán las indicaciones oportunas.
• Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de
Fregenal de la Sierra y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas
materias.
b. M
 edidas en fase de construcción.
• Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda la
superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
• Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales.
Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
• Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados
por excavación de zanjas, nuevos colectores, explanaciones, etc., principalmente mediante el aporte de tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales
de obra. Los sobrantes de tierra vegetal procedentes de la excavación para la conducción
serán esparcidos en las inmediaciones del trazado de las tuberías y se irá rellenando y
restaurando a medida que avance la obra.
• No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación
vigente.
• Los movimientos de tierra, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto.
Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedi-