Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062978)
Resolución de 14 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la actividad dedicada a la fabricación de carbón vegetal y gestión y valorización de residuos de madera, promovida por Corchos Oliva, SL, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45177
4. C
ondiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos sobre el medioambiente.
a. Condiciones de carácter general.
• Deberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado de la presente
resolución.
• Antes de comenzar los trabajos se contactará con los Agentes del Medio Natural de la
zona a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos.
• Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento
las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
• Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental.
Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el
carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter nuevamente
el proyecto al trámite ambiental oportuno.
• No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
• Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones
posteriores.
S
e recuerda que, en el caso de realizar los trabajos durante el periodo de alto riesgo
de incendios forestales, se atenderá a lo especificado por el Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de Incendios Forestales. Más información en http://www.infoex.info/,
realizando previamente la correspondiente Declaración responsable de actividades con
riesgo de incendios en periodo de peligro alto.
• Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes
de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento
Jueves 26 de septiembre de 2024
45177
4. C
ondiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos sobre el medioambiente.
a. Condiciones de carácter general.
• Deberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado de la presente
resolución.
• Antes de comenzar los trabajos se contactará con los Agentes del Medio Natural de la
zona a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos.
• Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento
las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
• Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental.
Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el
carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter nuevamente
el proyecto al trámite ambiental oportuno.
• No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
• Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones
posteriores.
S
e recuerda que, en el caso de realizar los trabajos durante el periodo de alto riesgo
de incendios forestales, se atenderá a lo especificado por el Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de Incendios Forestales. Más información en http://www.infoex.info/,
realizando previamente la correspondiente Declaración responsable de actividades con
riesgo de incendios en periodo de peligro alto.
• Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes
de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento