Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062948)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Perales del Puerto para la creación de una escuela infantil.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44374
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto.
1. E
l presente convenio regula la creación de una Escuela Infantil de titularidad municipal,
denominada “La Peraluna”, autorizada para impartir las enseñanzas del primer ciclo de
Educación Infantil. El centro se inscribirá en el Registro de centros docentes no universitarios con código de centro 10013744.
Esta Escuela Infantil estará ubicada en la Avda Sierra de Gata, s/n-10896- de Perales del
Puerto, autorizándose las siguientes unidades:
Unidades autorizadas:
— 1 unidad de 0-2 años: 10 puestos escolares.
— 1 unidad de 1-3 años: 14 puestos escolares.
2. E
l centro queda obligado a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse el
número de unidades autorizadas, suscribiéndose, a tal fin, adenda al presente convenio.
3. L
a Secretaría General de Educación y Formación Profesional, previo informe favorable de la
inspección educativa de acuerdo con las previsiones existentes, podrá autorizar la modificación del grupo de edad autorizado.
4. L
a Escuela Infantil tendrá carácter de centro público de titularidad municipal y adecuará su
organización y funcionamiento a la normativa de aplicación vigente.
Segunda. Escuela Infantil.
La Escuela Infantil impartirá enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil conforme a
lo dispuesto en el Decreto 98/2022, de 20 de julio, por el que se establecen la ordenación
y el currículo de la Educación Infantil para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 143, de 26 de julio) y en la Orden de 9 de diciembre de 2022, por la que se regula la
evaluación del alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 239, de 15
de diciembre).
Tercera. Instalaciones y condiciones materiales.
Las instalaciones y condiciones materiales de esta Escuela Infantil se adecuarán a lo dispuesto
en el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros
que imparten el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extre-
Lunes 23 de septiembre de 2024
44374
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto.
1. E
l presente convenio regula la creación de una Escuela Infantil de titularidad municipal,
denominada “La Peraluna”, autorizada para impartir las enseñanzas del primer ciclo de
Educación Infantil. El centro se inscribirá en el Registro de centros docentes no universitarios con código de centro 10013744.
Esta Escuela Infantil estará ubicada en la Avda Sierra de Gata, s/n-10896- de Perales del
Puerto, autorizándose las siguientes unidades:
Unidades autorizadas:
— 1 unidad de 0-2 años: 10 puestos escolares.
— 1 unidad de 1-3 años: 14 puestos escolares.
2. E
l centro queda obligado a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse el
número de unidades autorizadas, suscribiéndose, a tal fin, adenda al presente convenio.
3. L
a Secretaría General de Educación y Formación Profesional, previo informe favorable de la
inspección educativa de acuerdo con las previsiones existentes, podrá autorizar la modificación del grupo de edad autorizado.
4. L
a Escuela Infantil tendrá carácter de centro público de titularidad municipal y adecuará su
organización y funcionamiento a la normativa de aplicación vigente.
Segunda. Escuela Infantil.
La Escuela Infantil impartirá enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil conforme a
lo dispuesto en el Decreto 98/2022, de 20 de julio, por el que se establecen la ordenación
y el currículo de la Educación Infantil para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 143, de 26 de julio) y en la Orden de 9 de diciembre de 2022, por la que se regula la
evaluación del alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 239, de 15
de diciembre).
Tercera. Instalaciones y condiciones materiales.
Las instalaciones y condiciones materiales de esta Escuela Infantil se adecuarán a lo dispuesto
en el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros
que imparten el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extre-