Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44390
ridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y
cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que se
trate.
2. I gualmente se deberá tener en cuenta la referencia a la Junta de Extremadura en las
medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de
16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones
y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto 44/2016, de 12 de abril, por
el que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad
Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 95/2012, de 1 de junio, por el que se regulan el acceso y normas de
uso del correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura.
3. E
l convenio será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y
11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
4. E
n cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.1, letra b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente
convenio será publicado en el portal de transparencia del CSN.
Novena. Responsabilidades del Convenio.
1. L
os contratos que pudiera celebrar la Universidad de Extremadura con terceros, en ejecución de las actuaciones objeto de este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad,
efectuándose a su riesgo y ventura. Así mismo, si la Universidad de Extremadura contratara personal con cargo al presente Convenio, no tendrá relación laboral alguna con la Junta
de Extremadura.
2. A
l estar el Convenio financiado por el Fondo FEDER, la Universidad de Extremadura deberá
someterse a cualquiera de las actuaciones de comprobación y control financiero que realice
la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o
el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a
la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta
información le sea requerida.
Lunes 23 de septiembre de 2024
44390
ridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y
cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que se
trate.
2. I gualmente se deberá tener en cuenta la referencia a la Junta de Extremadura en las
medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de
16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones
y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto 44/2016, de 12 de abril, por
el que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad
Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 95/2012, de 1 de junio, por el que se regulan el acceso y normas de
uso del correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura.
3. E
l convenio será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y
11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
4. E
n cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.1, letra b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente
convenio será publicado en el portal de transparencia del CSN.
Novena. Responsabilidades del Convenio.
1. L
os contratos que pudiera celebrar la Universidad de Extremadura con terceros, en ejecución de las actuaciones objeto de este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad,
efectuándose a su riesgo y ventura. Así mismo, si la Universidad de Extremadura contratara personal con cargo al presente Convenio, no tendrá relación laboral alguna con la Junta
de Extremadura.
2. A
l estar el Convenio financiado por el Fondo FEDER, la Universidad de Extremadura deberá
someterse a cualquiera de las actuaciones de comprobación y control financiero que realice
la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o
el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a
la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta
información le sea requerida.