Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Lucha Contra La Corrupción. (2024040186)
Decreto 116/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece y regula el Sistema interno de información de infracciones normativas y de protección de las personas informantes de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura aprobado por Decreto 206/2010, de 12 de noviembre.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44328
—
Recibir información por escrito sobre el resultado del trámite de admisión de
la información.
— Recibir información por escrito del resultado de las investigaciones en el plazo de
máximo de 3 meses desde la comunicación, salvo casos de especial complejidad, en
los que, por acuerdo motivado, podrá ampliarse el plazo hasta un máximo de tres
meses adicionales. Dicho acuerdo será notificado a la persona informante.
— Recibir información sobre la identidad de la persona responsable del tratamiento, la
finalidad del tratamiento y la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los
artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 y conforme a lo establecido en el
capítulo II del título III de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Podrá indicarse un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las
notificaciones, pudiendo, asimismo, renunciar expresamente a la recepción de cualquier comunicación de las actuaciones que se deriven de su información o denuncia.
2.1.3. Registro de informaciones.
Presentada la información, se procederá a su inscripción en el Registro de informaciones regulado en el artículo 12 del Decreto 116/2024, de 17 de septiembre y artículo
26.1 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
Recibida una comunicación, será dada de alta en dicho libro-registro, asignándole un
código de identificación. En el libro-registro se harán constar los siguientes datos:
— Código de identificación.
— Fecha de recepción.
— Datos de contacto de la persona informante, en su caso, indicando su sexo en caso
de ser una persona física.
— Hechos comunicados.
— Actuaciones desarrolladas.
— Medidas adoptadas.
— Fecha de cierre.
Lunes 23 de septiembre de 2024
44328
—
Recibir información por escrito sobre el resultado del trámite de admisión de
la información.
— Recibir información por escrito del resultado de las investigaciones en el plazo de
máximo de 3 meses desde la comunicación, salvo casos de especial complejidad, en
los que, por acuerdo motivado, podrá ampliarse el plazo hasta un máximo de tres
meses adicionales. Dicho acuerdo será notificado a la persona informante.
— Recibir información sobre la identidad de la persona responsable del tratamiento, la
finalidad del tratamiento y la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los
artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 y conforme a lo establecido en el
capítulo II del título III de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Podrá indicarse un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las
notificaciones, pudiendo, asimismo, renunciar expresamente a la recepción de cualquier comunicación de las actuaciones que se deriven de su información o denuncia.
2.1.3. Registro de informaciones.
Presentada la información, se procederá a su inscripción en el Registro de informaciones regulado en el artículo 12 del Decreto 116/2024, de 17 de septiembre y artículo
26.1 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
Recibida una comunicación, será dada de alta en dicho libro-registro, asignándole un
código de identificación. En el libro-registro se harán constar los siguientes datos:
— Código de identificación.
— Fecha de recepción.
— Datos de contacto de la persona informante, en su caso, indicando su sexo en caso
de ser una persona física.
— Hechos comunicados.
— Actuaciones desarrolladas.
— Medidas adoptadas.
— Fecha de cierre.