Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040160)
Decreto 98/2024, de 27 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 182
Miércoles 18 de septiembre de 2024
43953
nan las contrataciones indefinidas iniciales por empresas ordinarias de personas con discapacidad procedentes de los enclaves laborales.
En el Programa II las subvenciones se destinan a financiar medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, la dotación de medios de protección personal y a la eliminación de barreras arquitectónicas u obstáculos que impidan o dificulten el
trabajo de las personas con discapacidad contratadas por la empresa ordinaria.
En el programa III se establecen ayudas para financiar los costes salariales y de seguridad
social de las personas preparadoras laborales especializadas, contratadas por entidades
promotoras de empleo con apoyo, para el desarrollo de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, a fin de facilitar la adaptación social y
laboral de personas trabajadoras con discapacidad.
En el marco de la disposición adicional segunda del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del
Sistema Nacional de Empleo, las actuaciones contempladas en el presente decreto se configuran como un programa propio adaptado a la realidad de las personas desempleadas y del
tejido productivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este programa propio contempla las actuaciones previstas en la subsección 2.ª de la sección 3.ª: el fomento de la
contratación indefinida; el tránsito de las personas trabajadoras con discapacidad desde el
empleo en los centros especiales de empleo, al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales; la adaptación de puestos de trabajo;
la realización de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto
de trabajo, prestadas por personas preparadoras laborales especializadas. Además, en
virtud del artículo 11.4 del citado Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, se establecen
subvenciones para la contratación temporal en atención a las personas destinatarias finales de
las ayudas.
Este decreto deja sin efecto las bases reguladoras contenidas en el Decreto 192/2016, de
29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer la contratación
de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. A través de ellas, se introduce una nueva línea de ayudas destinada a subvencionar los costes de la contratación de
preparadores/as laborales especializados/as, que realizan acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, en el marco del “Programa de Empleo
con Apoyo”. En cuanto a las cuantías de las ayudas, se incrementan sustancialmente los
importes respecto de las anteriores bases reguladoras.
La tramitación del procedimiento de las ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través
de la sede electrónica asociada, las personas solicitantes y/o sus representantes se identi-
Miércoles 18 de septiembre de 2024
43953
nan las contrataciones indefinidas iniciales por empresas ordinarias de personas con discapacidad procedentes de los enclaves laborales.
En el Programa II las subvenciones se destinan a financiar medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, la dotación de medios de protección personal y a la eliminación de barreras arquitectónicas u obstáculos que impidan o dificulten el
trabajo de las personas con discapacidad contratadas por la empresa ordinaria.
En el programa III se establecen ayudas para financiar los costes salariales y de seguridad
social de las personas preparadoras laborales especializadas, contratadas por entidades
promotoras de empleo con apoyo, para el desarrollo de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, a fin de facilitar la adaptación social y
laboral de personas trabajadoras con discapacidad.
En el marco de la disposición adicional segunda del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del
Sistema Nacional de Empleo, las actuaciones contempladas en el presente decreto se configuran como un programa propio adaptado a la realidad de las personas desempleadas y del
tejido productivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este programa propio contempla las actuaciones previstas en la subsección 2.ª de la sección 3.ª: el fomento de la
contratación indefinida; el tránsito de las personas trabajadoras con discapacidad desde el
empleo en los centros especiales de empleo, al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales; la adaptación de puestos de trabajo;
la realización de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto
de trabajo, prestadas por personas preparadoras laborales especializadas. Además, en
virtud del artículo 11.4 del citado Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, se establecen
subvenciones para la contratación temporal en atención a las personas destinatarias finales de
las ayudas.
Este decreto deja sin efecto las bases reguladoras contenidas en el Decreto 192/2016, de
29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer la contratación
de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. A través de ellas, se introduce una nueva línea de ayudas destinada a subvencionar los costes de la contratación de
preparadores/as laborales especializados/as, que realizan acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, en el marco del “Programa de Empleo
con Apoyo”. En cuanto a las cuantías de las ayudas, se incrementan sustancialmente los
importes respecto de las anteriores bases reguladoras.
La tramitación del procedimiento de las ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través
de la sede electrónica asociada, las personas solicitantes y/o sus representantes se identi-