Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2024062861)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se concede una subvención directa a la organización sindical Unión General de Trabajadores de Extremadura, para financiar las actividades de impulso para el cumplimiento de la normativa de riesgos laborales para la prevención de los trastornos músculo-esqueléticos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 180
Lunes 16 de septiembre de 2024

43744

(personas trabajadoras, a sus representantes y profesionales y organismos competentes) para facilitar su labor y compromiso en todo lo relativo a la gestión integral de los
TME de origen laboral, para evitar o reducir sus consecuencias tal y como exige la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales.
Se pretende divulgar su prevención general y específica, incluyendo buenas prácticas
que adapten las condiciones de trabajo a las personas, en vez de que las personas trabajadoras se vean obligados a sobrevivir ante las mismas a costa de dañar su salud,
como ocurre con los TME de origen laboral.
Los TME presentan un rango de gravedad muy variado porque pueden abarcar desde
pequeñas u ocasionales molestias o dolores (ejemplos: contracturas o torceduras de
grado leve) a lesiones muy graves (ejemplo: ciáticas), que incluso pueden llegar a incapacitar a la persona que las sufre para continuar desarrollando su trabajo, con todos los
problemas que esto conllevaría, no sólo los físicos, sino también los psíquicos y sociales
porque afectaría además a su esfera privada, por tanto es una obligación de las empresas prevenir y proteger a las personas trabajadoras frente a los TME.
Los TME son riesgos laborales de tipo ergonómico, y como cualquier riesgo laboral afecta
a la seguridad y salud de las personas trabajadoras, por tanto, deben ser erradicados
desde el principio, y en caso de que no se puedan eliminar deben ser reducidos y controlados, tal y como establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Para cumplir
esta obligación empresarial es necesario evaluar los riesgos laborales con el fin de planificar unas medidas concretas que consigan prevenir y proteger a trabajadores (artículo
16 LPRL), en este caso frente a los TME de origen laboral, y siempre teniendo en cuenta
los principios preventivos, con especial atención a la evolución de la técnica y buscando
la adaptación del trabajo a la persona (artículo 15 LPRL); además de otras obligaciones
que también le corresponden según la LPRL y su normativa de desarrollo.
Dentro de las actuaciones previstas en el marco del desarrollo de este convenio, se
elaborarán cuatro dípticos informativos, con los que se pretende llegar al mayor número posible de trabajadores, abarcando diferentes sectores afectados por este tipo de
riesgos, y todo con el fin de contribuir a la mejora de la cultura preventiva y a lograr un
impulso para el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en el
ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura.
El material elaborado para su difusión será de carácter genérico, así como especifico, enfocado este último a los sectores de dependencia, sector de empresas cárnicas y sector
de empresas de transporte de mercancías por carretera. La denominación del material
es la siguiente: