Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062849)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Sustitución del tramo de línea aérea 66 kV S/C "Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros" entre los apoyos 4 y 13", a realizar en los términos municipales de Ribera del Fresno, Los Santos de Maimona y Villafranca de los Barros, en la provincia de Badajoz, cuya promotora es E-Distribución Redes Digitales, SLU. Expte.: IA23/0687.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 179
Viernes 13 de septiembre de 2024
43575
b) Protección del suelo y la geomorfología.
— No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación. No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni
compactaciones fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las
instalaciones.
— Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación se
procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras
antes del inicio de éstas. Las áreas situadas fuera de las zonas delimitadas como
zona de afección se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la
maquinaria.
— Se utilizarán, siempre que sea posible, los caminos y accesos que existen en la
actualidad, evitando la apertura de otros nuevos. Si esto no fuera posible, los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias,
puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
— En las zonas en las que sea necesario el movimiento de tierras, se retirará previamente el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en
tareas de restauración y revegetación de áreas alteradas, por lo que deberán
mantenerse sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su
compactación. La retirada de la tierra vegetal será progresiva de forma que se
evite su erosión y se realizará fuera de los períodos de lluvias. El almacenaje de
las capas fértiles se realizará en cordones con una altura inferior a 1,5-2,5 m, en
zonas donde no exista compactación por el paso de maquinaria.
— El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación
previstas. La maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise, y nunca con el terreno con exceso de humedad.
— Una vez finalizados los trabajos de instalación de la nueva línea eléctrica, se procederá a la restauración de las zonas de actuación, lo que implicará la descompactación de los suelos afectados, el extendido de la tierra vegetal acopiada y la
limpieza general de las áreas afectadas. La restauración de la cobertura edáfica
se realizará tan pronto como sea posible para cada superficie y de manera progresiva, con el objeto de poderla integrar paisajísticamente.
c) Protección de la fauna y la vegetación.
— Si durante la realización de las diferentes actuaciones se detectara la presencia
de alguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de
Viernes 13 de septiembre de 2024
43575
b) Protección del suelo y la geomorfología.
— No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación. No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni
compactaciones fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las
instalaciones.
— Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación se
procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras
antes del inicio de éstas. Las áreas situadas fuera de las zonas delimitadas como
zona de afección se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la
maquinaria.
— Se utilizarán, siempre que sea posible, los caminos y accesos que existen en la
actualidad, evitando la apertura de otros nuevos. Si esto no fuera posible, los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias,
puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
— En las zonas en las que sea necesario el movimiento de tierras, se retirará previamente el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en
tareas de restauración y revegetación de áreas alteradas, por lo que deberán
mantenerse sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su
compactación. La retirada de la tierra vegetal será progresiva de forma que se
evite su erosión y se realizará fuera de los períodos de lluvias. El almacenaje de
las capas fértiles se realizará en cordones con una altura inferior a 1,5-2,5 m, en
zonas donde no exista compactación por el paso de maquinaria.
— El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación
previstas. La maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise, y nunca con el terreno con exceso de humedad.
— Una vez finalizados los trabajos de instalación de la nueva línea eléctrica, se procederá a la restauración de las zonas de actuación, lo que implicará la descompactación de los suelos afectados, el extendido de la tierra vegetal acopiada y la
limpieza general de las áreas afectadas. La restauración de la cobertura edáfica
se realizará tan pronto como sea posible para cada superficie y de manera progresiva, con el objeto de poderla integrar paisajísticamente.
c) Protección de la fauna y la vegetación.
— Si durante la realización de las diferentes actuaciones se detectara la presencia
de alguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de