Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Idiomas. Subvenciones. (2024040145)
Decreto 94/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas para el estudio de inglés en horario extraescolar, en centros de idiomas acreditados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el alumnado matriculado en Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 173
Jueves 5 de septiembre de 2024
42955
En virtud del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el conjunto del
ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación.
Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto, concretándose los requisitos necesarios para acceder a la ayuda convocada así como promoviéndose la participación ciudadana en la elaboración de la norma, especialmente de las personas
potencialmente destinatarias y beneficiarias de la misma.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, este decreto determina el acceso a la
ayuda en función de unos requisitos de obligado cumplimiento para acceder a las misma, así
como de unos niveles de renta por tipo de unidad familiar, persiguiendo con ello una correcta
utilización de los recursos públicos.
En materia de duración del procedimiento, la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización
y simplificación administrativa de Extremadura, en su artículo 40.1, prevé excepcionalmente
que el plazo de resolución y notificación del mismo sea superior a tres meses, siempre que se
justifique de forma motivada. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas
por el presente decreto conlleva una serie de fases, entre las que se encuentran la remisión
de solicitudes, la comprobación de los requisitos, las posibles subsanaciones, así como la tramitación en el sistema contable para dictar la resolución de concesión. Todos estos trámites
se dilatan en el tiempo debido, por un lado, al gran volumen de solicitudes que concurren en
este tipo de ayudas y, por otro, a la necesidad de trasladar consultas a los organismos competentes en orden a verificar el cumplimiento de los requisitos de concesión. Por lo anterior, cuya
justificación se acredita mediante el correspondiente informe en el expediente, el presente
decreto establece un plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de
seis meses. El inicio del cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de la solicitud en las formas
previstas en el artículo 7.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 16, 23.1, 22.2 y 29.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y artículos 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas a fomentar el estudio de inglés en horario extraescolar, en centros
Jueves 5 de septiembre de 2024
42955
En virtud del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el conjunto del
ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación.
Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto, concretándose los requisitos necesarios para acceder a la ayuda convocada así como promoviéndose la participación ciudadana en la elaboración de la norma, especialmente de las personas
potencialmente destinatarias y beneficiarias de la misma.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, este decreto determina el acceso a la
ayuda en función de unos requisitos de obligado cumplimiento para acceder a las misma, así
como de unos niveles de renta por tipo de unidad familiar, persiguiendo con ello una correcta
utilización de los recursos públicos.
En materia de duración del procedimiento, la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización
y simplificación administrativa de Extremadura, en su artículo 40.1, prevé excepcionalmente
que el plazo de resolución y notificación del mismo sea superior a tres meses, siempre que se
justifique de forma motivada. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas
por el presente decreto conlleva una serie de fases, entre las que se encuentran la remisión
de solicitudes, la comprobación de los requisitos, las posibles subsanaciones, así como la tramitación en el sistema contable para dictar la resolución de concesión. Todos estos trámites
se dilatan en el tiempo debido, por un lado, al gran volumen de solicitudes que concurren en
este tipo de ayudas y, por otro, a la necesidad de trasladar consultas a los organismos competentes en orden a verificar el cumplimiento de los requisitos de concesión. Por lo anterior, cuya
justificación se acredita mediante el correspondiente informe en el expediente, el presente
decreto establece un plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de
seis meses. El inicio del cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de la solicitud en las formas
previstas en el artículo 7.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 16, 23.1, 22.2 y 29.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y artículos 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas a fomentar el estudio de inglés en horario extraescolar, en centros