Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062681)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de la ayuda para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Ayudas a la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos de Investigación). (Línea 2).
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024
42496
El IP del proyecto que se presente a esta modalidad será un posdoctoral, definido en la Ley
17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
ciencia, la tecnología y la innovación y contratado con cargo al mismo por el agente SECTI.
El investigador principal de esta modalidad tendrá dedicación exclusiva al proyecto.
Las actividades a realizar estarán incluidas en los ámbitos de intervención en I+D+i de la
Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027, (RIS3), y están recogidas en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Beneficiarios.
1. S
erán beneficiarios de esta ayuda los agentes de generación del conocimiento recogidos en
el artículo 3.1 del Decreto 49/2023, de 10 de mayo, así como las fundaciones públicas que
actúen como gestoras de las actividades de investigación de los centros adscritos a la Junta
de Extremadura que realicen actividades de I+D+i, inscritos en el Catálogo de Agentes del
SECTI y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos
de Investigación de Extremadura.
2. L
os requisitos del apartado anterior deberán cumplirse en el momento de la presentación
de la solicitud y mientras dure la ayuda.
3. N
o podrán obtener la condición de beneficiarios quienes incurran en algunas de las causas
previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de equipo de investigación.
1. P
ara el desarrollo del proyecto, se constituirá un equipo investigador formado por un IP y
dos o más doctores, que deberá pertenecer a alguno de los agentes SECTI contemplados
en el resuelvo segundo de esta convocatoria, y estar inscrito en un grupo de investigación
de Catálogo de Grupos de Extremadura.
Asimismo, para el desarrollo de proyectos de salud podrán constituir equipos investigadores
formados por un IP doctor y dos o más investigadores, todos ellos con la formación especializada finalizada y con actividad clínica asistencial, deberán estar vinculados contractual
o estatutariamente a alguno de los agentes inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI
y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de
Investigación de Extremadura.
Todos los miembros del equipo, en cualquiera de sus modalidades de participación, deberá tener titulación universitaria y cumplir con los requisitos establecidos en el presente
Lunes 2 de septiembre de 2024
42496
El IP del proyecto que se presente a esta modalidad será un posdoctoral, definido en la Ley
17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
ciencia, la tecnología y la innovación y contratado con cargo al mismo por el agente SECTI.
El investigador principal de esta modalidad tendrá dedicación exclusiva al proyecto.
Las actividades a realizar estarán incluidas en los ámbitos de intervención en I+D+i de la
Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027, (RIS3), y están recogidas en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Beneficiarios.
1. S
erán beneficiarios de esta ayuda los agentes de generación del conocimiento recogidos en
el artículo 3.1 del Decreto 49/2023, de 10 de mayo, así como las fundaciones públicas que
actúen como gestoras de las actividades de investigación de los centros adscritos a la Junta
de Extremadura que realicen actividades de I+D+i, inscritos en el Catálogo de Agentes del
SECTI y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos
de Investigación de Extremadura.
2. L
os requisitos del apartado anterior deberán cumplirse en el momento de la presentación
de la solicitud y mientras dure la ayuda.
3. N
o podrán obtener la condición de beneficiarios quienes incurran en algunas de las causas
previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de equipo de investigación.
1. P
ara el desarrollo del proyecto, se constituirá un equipo investigador formado por un IP y
dos o más doctores, que deberá pertenecer a alguno de los agentes SECTI contemplados
en el resuelvo segundo de esta convocatoria, y estar inscrito en un grupo de investigación
de Catálogo de Grupos de Extremadura.
Asimismo, para el desarrollo de proyectos de salud podrán constituir equipos investigadores
formados por un IP doctor y dos o más investigadores, todos ellos con la formación especializada finalizada y con actividad clínica asistencial, deberán estar vinculados contractual
o estatutariamente a alguno de los agentes inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI
y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de
Investigación de Extremadura.
Todos los miembros del equipo, en cualquiera de sus modalidades de participación, deberá tener titulación universitaria y cumplir con los requisitos establecidos en el presente