Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062681)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de la ayuda para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Ayudas a la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos de Investigación). (Línea 2).
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NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024
42495
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de la Línea 2, Ayudas
para la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos de Investigación de
Extremadura para el 2024, recogida en la Orden 30 de abril de 2024, (DOE núm. 87, de 7 de
mayo) por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de las actuaciones
orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos
de investigación de Extremadura integrados en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e
Innovación (en adelante, SECTI) y su corrección de errores publicada en el DOE núm. 103, de
29 de mayo de 2024, siendo dichas bases de aplicación en todo lo no expresamente regulado
o previsto en esta convocatoria.
La ayuda de la Línea 2, tiene por objetivo fomentar la generación de conocimientos en los
grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura,
mediante financiación de proyectos de I+D.
Constituyen las modalidades de esta línea de ayuda, las siguientes:
1. A
yudas para la realización de proyectos de investigación Precompetitivos.
Serán proyectos de investigación Precompetitivos aquellos cuyo Investigador Principal (en
adelante IP) no haya liderado ningún proyecto financiado en convocatorias de concurrencia
competitiva del Horizonte Europa, Plan Nacional o Regional, modalidad competitiva.
Deberá haber obtenido el título de doctor antes de la fecha de fin de plazo de presentación
de solicitudes establecida en esta convocatoria, con el límite temporal de 8 años de antigüedad, contados desde la misma fecha.
2. A
yudas para la realización de proyectos de investigación Competitivos.
Serán proyectos de investigación competitivos aquellos cuyo IP cuente con experiencia en
investigación, habiendo liderado o no algún proyecto de investigación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. P
royectos Emergentes.
Serán proyectos emergentes aquellos proyectos de atracción y/o retorno para jóvenes doctores que han realizado una estancia posdoctoral de dos años fuera de Extremadura, o se
encuentren en la segunda anualidad de dicha estancia.
Lunes 2 de septiembre de 2024
42495
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de la Línea 2, Ayudas
para la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos de Investigación de
Extremadura para el 2024, recogida en la Orden 30 de abril de 2024, (DOE núm. 87, de 7 de
mayo) por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de las actuaciones
orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos
de investigación de Extremadura integrados en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e
Innovación (en adelante, SECTI) y su corrección de errores publicada en el DOE núm. 103, de
29 de mayo de 2024, siendo dichas bases de aplicación en todo lo no expresamente regulado
o previsto en esta convocatoria.
La ayuda de la Línea 2, tiene por objetivo fomentar la generación de conocimientos en los
grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura,
mediante financiación de proyectos de I+D.
Constituyen las modalidades de esta línea de ayuda, las siguientes:
1. A
yudas para la realización de proyectos de investigación Precompetitivos.
Serán proyectos de investigación Precompetitivos aquellos cuyo Investigador Principal (en
adelante IP) no haya liderado ningún proyecto financiado en convocatorias de concurrencia
competitiva del Horizonte Europa, Plan Nacional o Regional, modalidad competitiva.
Deberá haber obtenido el título de doctor antes de la fecha de fin de plazo de presentación
de solicitudes establecida en esta convocatoria, con el límite temporal de 8 años de antigüedad, contados desde la misma fecha.
2. A
yudas para la realización de proyectos de investigación Competitivos.
Serán proyectos de investigación competitivos aquellos cuyo IP cuente con experiencia en
investigación, habiendo liderado o no algún proyecto de investigación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. P
royectos Emergentes.
Serán proyectos emergentes aquellos proyectos de atracción y/o retorno para jóvenes doctores que han realizado una estancia posdoctoral de dos años fuera de Extremadura, o se
encuentren en la segunda anualidad de dicha estancia.