Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2024040140)
Decreto 89/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos, y se aprueba la primera convocatoria.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024
42320
Aparte de ello, es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa es coherente con
el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido
en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, sustanciándose en el procedimiento los correspondientes trámites de consulta pública y presentación de sugerencias, así como de audiencia e información pública, en orden a que cualquier
persona física o jurídica, pudiera examinar y alegar lo que estimase oportuno.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta norma, estableciendo criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de estas subvenciones,
persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo
y Transformación Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras para la puesta en marcha de
un programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de la participación de sus cuadros directivos en actividades formativas
especializadas que les posibilite alcanzar una mayor capacitación y cualificación, en diferentes
ámbitos de carácter gerencial, de dirección, toma de decisiones u otros relacionados con el
desarrollo de proyectos de carácter estratégico para la pyme solicitante.
Artículo 2. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas establecidas en el presente decreto tendrán la consideración de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Aquellas pymes solicitantes que hayan recibido, o solicitado, ayudas de minimis en los tres
últimos ejercicios fiscales por cualquier otro proyecto y Administración pública deberán pre-
Lunes 2 de septiembre de 2024
42320
Aparte de ello, es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa es coherente con
el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido
en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, sustanciándose en el procedimiento los correspondientes trámites de consulta pública y presentación de sugerencias, así como de audiencia e información pública, en orden a que cualquier
persona física o jurídica, pudiera examinar y alegar lo que estimase oportuno.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta norma, estableciendo criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de estas subvenciones,
persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo
y Transformación Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras para la puesta en marcha de
un programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de la participación de sus cuadros directivos en actividades formativas
especializadas que les posibilite alcanzar una mayor capacitación y cualificación, en diferentes
ámbitos de carácter gerencial, de dirección, toma de decisiones u otros relacionados con el
desarrollo de proyectos de carácter estratégico para la pyme solicitante.
Artículo 2. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas establecidas en el presente decreto tendrán la consideración de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Aquellas pymes solicitantes que hayan recibido, o solicitado, ayudas de minimis en los tres
últimos ejercicios fiscales por cualquier otro proyecto y Administración pública deberán pre-